En atención a las excelentes relaciones con Marruecos, explica Bermejo
Hassan el Haski está condenado por los tribunales españoles a 14 años por los atentados del 11-M. Sin embargo, el Consejo de Ministros del pasado viernes autorizó la extradición del terrorista a Marruecos, su país de origen. Las autoridades vecinas solicitaron su extradición por delitos cometidos en Marruecos. El juzgado nº 6 de la Audiencia Nacional la aprobó el 10 de agosto de 2006 con el consentimiento del reclamado.
Pero posteriormente fue sentenciado a 14 años de prisión por su participación en los atentados del 11-M. Una condena que cumple en la actualidad. Por esta razón, las autoridades españolas accedieron a la entrega temporal durante un período de 6 meses, con la condición de la devolución inmediata una vez enjuiciado por los tribunales marroquíes, explica el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. Dicha entrega temporal se hizo efectiva el pasado 10 de octubre.
Se supone que el Haski debería regresar a España tras el juicio en Marruecos. Pero no ha sido así y la extradición definitiva se ha producido de manera casi definitiva en atención a las excelentes relaciones con Marruecos, particularmente en materia de cooperación judicial en la lucha antiterrorista, señala Bermejo. Y eso a pesar de que el art. 22 del tratado bilateral de extradición entre España y Marruecos establece que la entrega temporal se aplace por el cumplimiento de la condena. ¿Por qué en este caso se ha saltado la norma? ¿Son suficientes las excelentes relaciones como para que España y Marruecos se salten el tratado bilateral de extradición en un asunto tan delicado como el 11-M?