• El servicio de la caridad no puede separarse del anuncio de la Palabra de Dios y la celebración de los Sacramentos, apunta el Santo Padre.
  • La caridad eclesial no puede diluirse "en una organización asistencial genérica", afirma el Papa.
  • "Es preciso garantizar que su gestión se lleve a cabo de acuerdo con las exigencias de las enseñanzas de la Iglesia", señala también el Pontífice.
  • Y añade: "El obispo diocesano debe, si fuera necesario, hacer público a sus fieles el hecho de que la actividad de un determinado organismo de caridad ya no responde a las exigencias de las enseñanzas de la Iglesia, prohibiendo por consiguiente el uso del nombre 'católico'".
Noticias Globales ha recogido en una de sus últimas notas informativas el Motu Proprio De caritate ministranda sobre el servicio de la caridad, promulgado por Benedicto XVI el 1 de diciembre de 2012. El documento recuerda y resalta que "la naturaleza íntima de la Iglesia se expresa en una triple tarea: anuncio de la Palabra de Dios, celebración de los Sacramentos y servicio de la caridad", que "se implican mutuamente y no pueden separarse una de otra".

El Papa asegura que "el servicio de la caridad es también una dimensión constitutiva de la misión de la Iglesia y expresión irrenunciable de su propia esencia", y que "todos los fieles tienen el derecho y el deber de implicarse personalmente para vivir el mandamiento nuevo que Cristo nos dejó brindando al hombre contemporáneo no sólo sustento material, sino también sosiego y cuidado del alma".

El Papa advierte que "la actuación práctica resulta insuficiente si en ella no se puede percibir el amor por el hombre, un amor que se alimenta en el encuentro con Cristo". Por eso, en el ejercicio de la caridad, las instituciones católicas "no deben limitarse a una mera recogida o distribución de fondos, sino que deben prestar siempre especial atención a la persona que se encuentra en situación de necesidad y llevar a cabo asimismo una preciosa función pedagógica en la comunidad cristiana, favoreciendo la educación a la solidaridad, al respeto y al amor según la lógica del Evangelio de Cristo". De ese modo, se evitará que la caridad eclesial se diluya "en una organización asistencial genérica".

Y continúa, "en la medida en que dichas actividades las promueva la propia Jerarquía, o cuenten explícitamente con el apoyo de la autoridad de los Pastores, es preciso garantizar que su gestión se lleve a cabo de acuerdo con las exigencias de las enseñanzas de la Iglesia y con las intenciones de los fieles y que respeten asimismo las normas legítimas emanadas por la autoridad civil".

El Motu Proprio, que entrará en vigor el próximo 10 de diciembre, recoge algunas normas esenciales:

-art. 4. "Corresponde al respectivo Obispo diocesano vigilar a fin de que en la actividad y la gestión de estos organismos se observen siempre las normas del derecho universal y particular de la Iglesia, así como las voluntades de los fieles que hayan hecho donaciones o dejado herencias para estas finalidades específicas".

-art. 7 (...) "los agentes" deben ser personas que "al menos respeten la identidad católica de estas obras".

-art. 10 "En particular, el obispo diocesano debe evitar que los organismos de caridad sujetos a su cargo reciban financiación de entidades o instituciones que persiguen fines en contraste con la doctrina de la Iglesia".

-art. 11 "El Obispo diocesano debe, si fuera necesario, hacer público a sus fieles el hecho de que la actividad de un determinado organismo de caridad ya no responde a las exigencias de las enseñanzas de la Iglesia, prohibiendo por consiguiente el uso del nombre 'católico'".

Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com