- La Agencia de Protección de Datos lanza esta advertencia tras las consultas recibidas de los ciudadanos por su designación como miembros de las mesas.
- También por la posibilidad de que su responsabilidad de tratar y ceder datos del censo electoral catalán.
- Y subraya al respecto que la ley del referéndum fue suspendida por el Tribunal Constitucional.
Buen momento para demostrar el catalanismo separatista de aquellos que, sin obligación de hacerlo, acudan a formar las supuestas
mesas electorales para el referéndum ilegal del próximo 1 de octubre.
Y es que la
Agencia Española de Protección de Datos ha advertido este viernes de que quienes participen el domingo en las mesas podrían incurrir en una
infracción de la normativa existente en este ámbito sancionada con
multas desde 40.000 hasta 300.000 euros, recoge
RTVE.
Esta agencia lanza esta advertencia tras las consultas recibidas por parte de ciudadanos sobre su designación como miembros de las mesas del 1-O
y por la posibilidad de que los integrantes de esas mesas tratasen y cediesen datos del censo electoral catalán.
Subraya al respecto que la ley del referéndum fue suspendida por el Tribunal Constitucional y que
los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña renunciaron a sus cargos "dejando previamente sin efecto las resoluciones y los acuerdos adoptados".
De este modo, explica, las mesas electorales no han llegado a formarse válidamente dado que, o bien su formación ha quedado revocada, como expresamente comunicaron al TC los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña,
o bien se habrían formado de modo irregular sin la obligatoria supervisión de la citada Sindicatura al haber renunciado todos sus miembros a sus cargos.
"Si en la votación prevista para el 1 de octubre
se facilita a los miembros de las mesas electorales una copia del denominado censo electoral catalán, los integrantes de las mismas -al tratarse de órganos que no llegaron a tener
existencia legal antes de la suspensión acordada por el Tribunal Constitucional- no podrían tratar esos datos como miembros de un órgano electoral", subraya la
AEPD.
Tampoco lo pueden hacer, añade, como personas físicas que estuvieran desempeñando competencias propias de la Generalitat toda vez que el
Alto Tribunal ha declarado que esta última carece de competencias para la convocatoria de referendos.
De este modo, explica, estarían realizando, en su propio nombre, varios tratamientos de datos
sin contar con legitimación para ello, afectando a más de 5,5 millones de personas, según el censo electoral de 2015.
Tales tratamientos consistirían en, por una parte, señalar, en su caso, quiénes habrían depositado su papeleta y quiénes no habrían participado en la votación, y, por otra,
en el traslado a un tercero, al término de la jornada, de la lista individualizada de las personas que han votado y de las que no lo han hecho.
¿La pela es la pela? Veremos…
Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com