El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado este jueves, en un auto, las medidas dictadas por Sanidad y que supusieron el cierre de las diez ciudades más grandes de la Comunidad de Madrid, incluida la capital. La decisión del Tribunal pone en solfa la estructura legal utilizada por el Gobierno para confinar a la población durante esta segunda ola de la pandemia.

En otras palabras, no se puede limitar derechos fundamentales, como el de la movilidad, con una simple orden ministerial apoyada en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Esa Ley no puede servir para prohibir la movilidad de las personas. Hace falta otro marco legal.

Isabel Díaz Ayuso, por su parte, ha anunciado que la CAM retirará las cautelares presentadas en la Audiencia Nacional para no añadir más incertidumbre a la situación y para facilitar el diálogo entre la comunidad y Sanidad en la reunión que mantendrán esta misma tarde.

El TSJM ha sido muy duro y advierte que la norma supone “una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos”.

Esto aboca al Gobierno a aprobar el estado de alarma para una sola comunidad autónoma, pero para ello necesita el visto bueno del Congreso.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, visiblemente contrariado, ha anunciado la convocatoria, esta misma tarde, de la reunión del grupo Covid-19 en Madrid. Y el presidente Pedro Sánchez, desde Argelia, no ha descartado un nuevo estado de alarma, aunque ha reconocido la dificultad para aprobarlo.

Por cierto, ante la convocatoria de esa reunión. El Mundo señala que Ayuso no se reunirá con Illa hasta que sus técnicos decidan las medidas a adoptar en Madrid,