• La Fiscalía impugna el sobreseimiento de la causa por las vejaciones de Azcona con formas consagradas.
  • Y no es para menos: alega que el artista despreció la fe católica, además de buscar un beneficio económico.
  • Y defiende, por tanto, que cometió un delito contra los sentimientos religiosos.
  • La Asociación de Abogados Cristianos también recurrió la semana pasada el sobreseimiento de la causa.
  • La campaña #RespetaMiFe ha superado las 13.000 adhesiones en menos de una semana.
La Fiscalía de Pamplona recurrió ayer miércoles el auto del magistrado del Juzgado de Instrucción número 2 de la capital navarra, rechazando el archivo de la causa contra la exposición vejatoria de Abel Azcona, según informa la Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC). El recurso de apelación presentado por el Ministerio Fiscal ha alegado que el autor, que expuso unas fotografías en las que aparecía él junto a la palabra "PEDERASTIA" formada con 242 formas consagradas,  despreció y faltó al respeto a  "uno de los elementos más sagrados para la religión católica", y por lo tanto sí cometió un delito contra los sentimientos religiosos. La fiscal ha explicado que Abel Azcona utilizó las redes sociales, como Facebook o Twitter, para señalar el origen de las formas consagradas y creó la polémica exposición con la intención de crear controversia y aumentar el precio de la obra -que se multiplicó por 10-, a través del desprecio y la ofensa. El magistrado Otamendi había archivado la causa al entender que de la exposición no se podía desprender que las Hostias fueran consagradas, además de afirmar que no hubo ningún acto de profanación ni ningún delito del artículo 524 del Código Penal al no haber sucedido en un templo. Sin embargo, la Fiscalía ha entendido que el acusado consiguió las Hostias en una iglesia, y él mismo se encargó de mostrarlo con fotos y vídeos en las redes sociales, de lo que se desprende que sí hubo profanación, de acuerdo a una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Valladolid del 19 de mayo de 2000. Tal y como ha defendido la Asociación de Abogados Cristianos, que presentó en la denuncia vídeos, imágenes y declaraciones del autor en redes sociales, la Fiscalía también ha entendido que hubo escarnio al mostrar el autor una "insultante expresión de desprecio" y "una manifiesta intención ofensiva", y ha rechazado así la interpretación del magistrado que consideró que no hubo ofensa, al ceñirse sólo a la exposición, pero prescindiendo de las publicaciones en redes sociales, así como del significado de lo que es una performance. La Asociación de Abogados Cristianos (AEAC) también presentó el pasado 18 de noviembre un recurso de apelación por el archivo de la causa y ha mostrado su satisfacción ante los pasos dados por la Fiscalía en defensa de la libertad religiosa. La AEAC, como consecuencia de los más de 150 ataques contra la fe católica, incluida la exposición vejatoria de Abel Azcona, inició el 17 de noviembre la campaña privada  <http://respetamife.es/> #RespetaMiFe que ya ha recibido más de 13.000 adhesiones y que fue 'trending topic' en las redes sociales, lo que muestra claramente la necesidad de una protección contra aquellasactuaciones que atentan contra la libertad religiosa o los sentimientos religiosos. Andrés Velázquez andres@hispanidad.com