La presidenta de la Comunidad de Madrid va a modificar las leyes trans y LGTBI que heredó de su muy progre antecesora Cristina Cifuentes. Dos leyes que perseguían el sentido común y donde el acusado debía demostrar que no había incurrido en discriminación del homosexual. Atención, así dice la Ley Cifuentes, aún en vigor: "corresponde a aquel a quien se atribuye la conducta discriminatoria, la aportación de justificación probada objetiva y razonable de las medidas adoptadas". Es decir, que no es el acusador quien debe probar su acusación sino el acusado quien debe demostrar su inocencia. 

Pues bien, esta chifladura de la progre Cifuentes pretende ser enmendada por la menos progre Ayuso para que no se invierta la carga de la prueba.

Ahora bien, a más a más, resulta que eso es justamente lo que se hace en la más genérica y peligrosa (puedes ser condenado hasta a cuatro años de prisión) normativa nacional (de la nación española, me refiero) sobre Delitos de Odio, la mayor bestialidad jurídica del siglo XXI, que se ha extendido por Occidente como un reguero de pólvora. En los delitos de odio también se invierte la carga de la prueba: es el acusado quien tiene que demostrar su inocencia ante el juez y no el acusador su culpabilidad. Lo cual, además de ser un poco complejo, es manifiestamente injusto.

Y ojo, que por delito de odio te pueden condenar hasta a cuatro años de prisión. No es una broma.

Naturalmente, la prensa progre ya ha advertido que Ayuso recorta los derechos de los homosexuales y los trans. ¿Cómo se puede razonar con esta gente?