Podemos ha pedido al Gobierno la expropiación de todos los bienes de la Iglesia considerados de “interés cultural”, y reclama al ejecutivo, del que forma parte, realizar todos los cambios legislativos necesarios para que los bienes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural, pasen a las Administraciones Públicas y sean de domino público. 

Así lo refleja la petición que ha registrado Podemos en el Congreso de los Diputados: “Hacer las modificaciones legislativas oportunas para que los bienes del Patrimonio Histórico Español declarados de interés cultural en posesión de las instituciones eclesiásticas sean declarados de dominio público y queden afectados a las Administraciones Públicas”. El texto presentado por los morados no tiene desperdicio. 

Los chicos de Podemos nunca decepcionan, y se atreven con una explicación histórica del motivo por el que presentan su petición. ¿Lo adivinan? Exacto, la explicación se remonta al franquismo, así podemos leer: “desde el año 1939 hasta el 1975, España vivió bajo un régimen totalitario encabezado por Francisco Franco, producto del golpe de Estado del 18 de julio de 1936” que “contó con la connivencia de la jerarquía de la Iglesia católica, que le otorgó su apoyo expreso y que, a cambio, vio consolidada su posición de dominio en el conjunto de la sociedad con una confesionalidad estricta”. Franco siempre presente en el corazón de los podemitas.

Y continúan: “Debido a la duración de la dictadura y su impacto posterior, nuestro ordenamiento jurídico, desde 1978 con la aprobación de la Constitución, acusa una carencia de legislación en materia de libertad de conciencia, que cubra todo tipo de convicciones personales, religiosas e irreligiosas, así como regular la laicidad institucional y la correspondiente separación Iglesia-Estado proclamada en la Constitución”. Parece que para Podemos libertad de conciencia no es lo mismo que las convicciones personales y religiosas de cada uno, para ellos, está completamente desligado. 

Y continúan con sus exigencias, que no son pocas: la "derogación de los Acuerdos con la Santa Sede del año 1976 y 1979, así como los existentes con las confesiones minoritarias", para a continuación exigir "un Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Conciencia que garantice la laicidad del Estado y la libertad de conciencia de las personas independientemente de sus convicciones”. Nuevamente, libertad de concienciencia desligada de las convicciones, ¿comprenden?

Por supuesto, para Podemos la Iglesia tiene privilegios, que vienen desde el franquismo. Por lo que exigen que se recabe “de los Registros de la Propiedad el listado y notas simples de todos los bienes inmatriculados por la Iglesia católica (en cualquiera de sus denominaciones) desde 1946 hasta 1998 que hayan sido inscritos al amparo del artículo 206 de la Ley Hipotecaria vigente en ese periodo”; y, por último, “hacer las modificaciones legislativas oportunas para retrotraer los bienes que fueron inmatriculados por la Iglesia mediante el privilegio de inscribir en el Registro de la Propiedad a partir de simples declaraciones de sus propios miembros”. Para que quede claro, que se expropien los bienes de la Iglesia, que es muy mala, no les deja tener libertad de conciencia y encima es privilegiada y oprime. 

Para la formación “resulta necesaria la promulgación de una ley de libertad de conciencia, con el fin de superar el vacío legal soportado hasta el momento, regulando la libertad de pensamiento y conciencia, a nivel tanto individual como colectivo, y a su vez actualizar la legislación referente a la libertad religiosa, al igual que la necesidad de garantizar un tratamiento igualitario para toda la diversidad de la sociedad española en este aspecto”. No nos queda muy claro a qué se refiren con eso de regular la libertad de pensamiento y conciencia a nivel individual y colectivo. ¿Qué es para un comunista regular la libertad?

Y concluyen afirmando que todo esto debe hacerse: “bajo un mismo paraguas, debido a que todas estas realidades se corresponden con un mismo concepto: la libertad de conciencia. La nueva ley debe ser extensiva y sensible a todas las opciones de conciencia y pensamiento posibles, sustituyendo a la Ley 7/1980 de Libertad Religiosa, para cubrir fielmente el artículo 16 CE referido a la libertad ideológica, religiosa y de culto, así como a los Acuerdos concordatarios de 1979 con la Santa Sede por lo que suponen de clave de bóveda de los privilegios de todo tipo de la Iglesia católica como herencia persistente del nacionalcatolicismo”.