Si un ciudadano no paga una multa a pesar de haber sido apercibido por las autoridades, estas terminan girando un oficio a las entidades financieras. Estas están obligadas a contestar a las autoridades y las autoridades se incautan la deuda correspondiente. Pues bien, un juzgado de lo contencioso administrativo de Logroño ha sacado los colores al Ayuntamiento por realizar esta práctica con una empresa que no había satisfecho el impuesto de construcciones y obras. En términos de seguridad jurídica lo que tiene que producirse es un juicio que ponga de manifiesto la obligación del moroso de pagar con los correspondientes intereses de demora. Saltarse el trámite es negar la seguridad jurídica y extralimitarse. A ver si el caso riojano hace que cunda el ejemplo. Porque Hacienda somos todos, pero cuando se trata del parné público, los derechos ciudadanos quedan relegados.
Andrés Velázquez
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