Sr. Director:
La investigación de las clínicas de Morín partieron de un reportaje con cámara oculta de una televisión danesa, que utilizó a una periodista embarazada que simuló querer someterse a un aborto, y que el juez rechazó como prueba al considerarlo "una intromisión ilegítima en derechos fundamentales como el de la intimidad y libertad".

Esta afirmación de la Audiencia parece rechazar que el derecho a la vida sea un derecho fundamental.

En el caso Morín, la Fiscalía pedía 273 años de cárcel para Morín, una pena superior a la de la acusación particular y acusaba a Morín de 89 delitos de aborto, asociación ilícita y un delito continuado de falsedad documental; también mantenía la acusación a los ginecólogos y anestesistas colaboradores de Morín, a diferencia de la acusación particular.

Inmediatamente después de conocer la sentencia, las asociaciones defensoras de la vida han manifestado su indignación ante lo que consideran una grave injusticia. Afirman que la absolución, ratifica la "absoluta impunidad" que existe en España respecto a esta práctica y muestra la "absoluta necesidad" de poner en marcha la reforma de la ley anunciada hace más de un año por el ministro de Justicia "para que el aborto vuelva al ordenamiento jurídico" y "regule con precisión" el derecho a la vida y a la maternidad.

JD Mez Madrid