Además, la auditora considera que Funespaña no ha tenido en cuenta los efectos que podría tener la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la que anulaba el concurso público por el que el Ayuntamiento de Madrid incorporó intereses privados en el capital de la sociedad. KPMG considera que la sociedad tampoco ha tenido en cuenta las consecuencias patrimoniales que podrían derivarse de los reparos mostrados por las CCAA en el ejercicio 2001.
Tampoco se ha tenido en cuenta la recuperabilidad del saldo a cobrar con el Ayuntamiento de Madrid en concepto de servicios sociales (servicios de caridad) por un importe de 3,2 millones de euros. Por último, KPMG considera que también existe una incertidumbre por el procedimiento de resolución incoado por el Ayuntamiento de Estepona por la concesión de gestión y explotación del cementerio y tanatorio inicialmente concedida a Funespaña. Los auditores estiman que como consecuencia de la liquidación podrían producirse pérdidas que no han sido provisionadas.