El tribunal de derechos humanos de Estrasburgo se ha pronunciado de manera unánime a propósito de la reclamación de una ciudadana italiana, en el sentido de considerar que la exhibición obligatoria de crucifijos en las aulas es contraria al derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus creencias y al de libertad de religión de los alumnos.
Ahora bien, el tribunal de Estrasburgo se refiere únicamente a la presencia obligatoria de crucifijos en las aulas, pero no a la presencia democráticamente decidida, por mayoría.
Y ya va siendo hora de que la Iglesia dé alguna muestra de ingenio, en lugar de ahogarse en un vaso de agua.
El procedimiento a aplicar podría ser el siguiente: si nadie reclama, se seguirá la tradición del centro, dejando las cosas como hasta ahora. Cuando haya alguna reclamación, se someterá al criterio de los alumnos, que por votación decidirán democráticamente si se mantiene o no. Dicha votación solo podrá realizarse una vez en cada período escolar.
De esta manera, las minorías aprenderán a adaptarse a las tendencias mayoritarias y a no reventarlas.
Lo que no se debería permitir es que la mayoría se subordine a lo que le dicte una minoría que actúa contracorriente.
Esto en cuanto a los colegios del Estado, puesto que los privados han de poder establecer las reglas según su ideario. Evidentemente los colegios laicos no tendrán crucifijo y los religiosos sí. Cada uno que lleve a educar a sus hijos al que más le convenga.
A. García
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