- Hacerlo antes del final de la concesión podría considerarse prevaricación y podría conllevar pena de cárcel.
- Los ayuntamientos de Barcelona, Cádiz y Cartagena pretenden celebrar referéndums antes de fin de año para preguntar sobre esto a los ciudadanos.
- Consultas que son perfectamente legales aunque habrá que ver si finalmente son vinculantes.
Remunicipalizar servicios públicos por "motivos ideológicos" y sin justificar es ilegal. Así lo han manifestado varios expertos jurídicos durante la presentación del libro
Servicios públicos e ideología. El interés general en juego,
celebrada este martes en la Cámara de Comercio de España.
El acto ha contado con la participación del exministro de Justicia, Francisco Caamaño o el expresidente del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional,
Pascual Sala.
Idea fuerza: los contratos y los acuerdos público-privados están blindados por Europa. Es decir, para modificarlos "no es suficiente apelar al interés general,
sino que deben existir causas justificadas, según la normativa europea, que tampoco ampara remunicipalizaciones por motivos ideológicos", según los autores de la obra, José María Gimeno Feliu y
Gonzalo Quintero Olivares.
En otras palabras, remunicipalizar servicios públicos -por ejemplo, la gestión del agua y de las basuras- antes de que finalice la concesión es prevaricar y puede conllevar pena de cárcel.
Y eso sin hablar de las indemnizaciones millonarias que tendrían que pagar los ayuntamientos, esto es, los ciudadanos, a las empresas afectadas.
Todo esto es bello e instructivo y llega justo en el momento en el que los consistorios de Barcelona,
Cádiz y Cartagena pretenden, antes de final de año, celebrar referéndums para consultar a los ciudadanos acerca del futuro de la gestión del agua y de las basuras.
Pero lo que decida la ciudadanía en una consulta no es suficiente. "La decisión de volver a una gestión directa de una actividad gestionada
mediante concesión deberá justificarse en la mayor calidad y eficiencia de la prestación que se reinternaliza", ha explicado
Gimeno Feliu.
En cualquier caso, son consultas perfectamente legales. Habrá que ver hasta qué punto son vinculantes.
Pablo Ferrer
pablo@hispanidad.com