El pasado mes de junio, el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley de Empleo, que fue remitido a las Cortes para su tramitación, que es donde se encuentra en este momento.

En el Capítulo V, denominado 'Colectivos de atención prioritaria para la política de empleo', artículo 50, se especifica: "Se considerarán colectivos vulnerables de atención prioritaria, a los efectos de esta ley (...) a personas LGTBI, en particular trans,...".

Según publica El Español, tal y como está la legislación a día de hoy, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no podría aplicar esta priorización de manera activa a no ser que una persona LGTBi le informe de su condición sexual por su propia voluntad e iniciativa.

De esta manera, el colectivo heterosexual se verá discriminado a la hora de ser atendido en el SEPE.

¿No sería mejor no atender a consideración sexual alguna, puesto que pertenece a la voluntad de cada persona, a la hora de ayudar a las personas en paro? ¿Por qué se margina a los heterosexuales?