• Los bancos buenos, los no intervenidos, han dado acciones a cambio de preferentes. En este caso, los perjudicados fueron los accionistas antiguos.
  • En cualquier caso, el Gobierno no quiere ir a los tribunales.
  • Y es que muchos fallos a favor del público y en contra de los bancos descapitalizaría a las entidades.
  • Entre los preferentistas hay engañados y hay vivales.

Tanto el arbitraje en sí mismo, como las últimas ofertas tendentes a mejorar las condiciones de dicho procedimiento para aquellos preferentistas que accedan al mismo, previa renuncia, a acudir a la Justicia, demuestran sólo una cosa: no hay interés por parte del establishment político-financiero a que el asunto se sustancie en tribunales.

La razón es fácil de entender: para todos aquellos casos en los que los jueces fallen en favor de los demandantes, dicho fallo declararía nulo el negocio de compra-venta de las participaciones y las entidades deberían devolver íntegramente el dinero recibido (es posible que descontado del mismo el exceso de retribución sobre los depósitos ordinarios, recibido por los tenedores cuando así haya sido). Es decir, un número elevado de fallos en favor del público descapitalizaría a las entidades condenadas, en algunos casos de manera significativa.

No vamos a entrar en si los preferentistas son unos engañados o unos vivales, que pretendieron sacar jugosas rentabilidades y ahora aprovechan la situación general. Es probable que haya de todo. Sin embargo, las soluciones dadas hasta ahora son distintas en la banca no intervenida que en la intervenida.

La no intervenida (la banca de bancos) prefirió dar a sus preferentistas acciones cuyo valor de mercado igualaba a los importes invertidos por aquellos. No le costaba nada, pues convertía las preferentes en acciones y los nuevos accionistas podían vender sus nuevos títulos (aunque a veces, además, se le dio también primas por permanencia) y recuperar su inversión.

Los perjudicados resultaron ser los accionistas antiguos que se diluyeron, es decir: pasaron a tener una proporción menor del banco de la que tenían de manera previa al canje. Estos accionistas accedieron por el bien de sus entidades.

La intervenida (la banca de cajas) se ha visto obligada a entregar a los partícipes preferentes acciones cuyo valor de mercado era inferior, a veces muy inferior, a las cantidades invertidas por dichos partícipes.

Es verdad que el valor de los nuevos títulos era superior al que tenían los canjeados en el mercado (cuando lo tenían, porque muchos eran difícilmente liquidables), pero aun así las pérdidas para los tenedores de preferentes eran cuantiosas.

¿Y por qué no ha querido la banca intervenida acceder a un cambio de cromos como el de la banca no intervenida ¿Quién era el perjudicado de haber accedido El perjudicado de haber accedido a la entrega de acciones del emisor cuyo valor de mercado igualase al de los valores recomprados era básicamente el FROB (sí, ya saben, ese organismo público que tira el dinero en anunciar que el crédito va a fluir), como accionista casi único de los bancos intervenidos.

¿Y que más le daba al FROB tener el 100% ó el 99% del capital de dichos bancos que el 90% o el 80% Pues no le daba lo mismo porque la Unión Europea supeditó las ayudas a que los propietarios de títulos que hubieran venido computando en el capital de las entidades asumieran pérdidas, pues para eso estaban y por eso se les prometieron jugosas rentabilidades. ¿Y si los clientes fueron engañados Pues muy bien, que lo digan los tribunales, dijo la UE, pero reponer los capitales a dichos clientes sería un reconocimiento tácito de nuestras autoridades de que hubo engaño y si hubo engaño ¿por qué debía la UE ayudar a un sistema tan basado en el mismo

Si el Estado español no hubiera necesitado la ayuda de la UE para remolcar (reflotar es otra cosa) la banca hundida, les garantizo que las arcas públicas españolas habrían repuesto las inversiones de los preferentistas.

Rubén Manso

ruben@hispanidad.com