El Nuevo Orden Mundial logra otra conquistaComo explicó el director de Hispanidad, Eulogio López, recientemente, Hispanoamérica "se zapateriza", es decir, "el Zapaterismo exportó lo mejor de sí: aborto, ideología de género, cristofobia, etc", de manera especial a Argentina.
Y esa zapaterización argentina se radicaliza. Ayer mismo, el Senado del país aprobó la eutanasia en estos términos, informa Notivida: el "paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación… podrá rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable". "En el supuesto de incapacidad del paciente, o imposibilidad de brindar el consentimiento informado a causa de su estado físico o psíquico" la suspensión de la alimentación e hidratación podrá ser solicitada por el cónyuge, conviviente, hijos, padres; hermanos; nietos… (Vid, entre otros, Notivida N° 790, 794, 797, 798 y 813).
Notivida recuerda que, tal como puntualizó la Congregación para la Doctrina de la Fe, "nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo". (Iura et Bona, n. 2).
Recordemos también que eutanasia es la actuación cuyo objeto es causar muerte a un ser humano para evitarle sufrimientos, bien a petición de éste, bien por considerar que su vida carece de la calidad mínima para que merezca el calificativo de digna; así considerada, la eutanasia es siempre una forma de homicidio, pues implica que un hombre da muerte a otro, ya mediante un acto positivo, ya mediante la omisión de la atención y cuidado. La eutanasia es distinta al 'encarnizamiento terapéutico', que consiste en retrasar el advenimiento de la muerte todo lo posible, por todos los medios, proporcionados o no, aunque no haya esperanza alguna de curación y aunque eso signifique infligir al moribundo unos sufrimientos añadidos a los que ya padece, y que, obviamente, no lograrán esquivar la muerte inevitable, sino sólo aplazarla unas horas o unos días en unas condiciones lamentables para el enfermo. Al 'encarnizamiento' terapéutico se opone la Iglesia.
En cualquier caso, para saber más y aclararse sobre la eutanasia, lo mejor es leer este documento de la Conferencia Episcopal Española: '100 Preguntas y Respuestas sobre la Defensa de la Vida Humana y la Actitud de los Católicos'.
Respecto a la identidad de género, Notivida destaca que el Senado argentino aprobó el proyecto que permitirá rectificar la Partida de nacimiento y el DNI conforme a la "identidad de género autopercibida", sin necesidad de pasar por cirugías de adecuación de genitales externos o terapias hormonales. El trámite no requerirá autorización judicial, bastará la solicitud del interesado. Las intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales "para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida", serán incluidas en el Plan Médico Obligatorio y los efectores del sistema de salud -públicos o privados- deberán garantizar las prácticas. En el caso de los menores, la gestión se hará a través de los representantes legales.
O sea, la ley natural se la pasan por el arco del triunfo.
Esto es lo que hay en una Argentina cada vez más zapaterizada y controlada por el Nuevo Orden Mundial, que suma así otra conquista...
José Ángel Gutiérrez
joseangel@hispanidad.com
Y esa zapaterización argentina se radicaliza. Ayer mismo, el Senado del país aprobó la eutanasia en estos términos, informa Notivida: el "paciente que presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estadio terminal, o haya sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación… podrá rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable". "En el supuesto de incapacidad del paciente, o imposibilidad de brindar el consentimiento informado a causa de su estado físico o psíquico" la suspensión de la alimentación e hidratación podrá ser solicitada por el cónyuge, conviviente, hijos, padres; hermanos; nietos… (Vid, entre otros, Notivida N° 790, 794, 797, 798 y 813).
Notivida recuerda que, tal como puntualizó la Congregación para la Doctrina de la Fe, "nada ni nadie puede autorizar la muerte de un ser humano inocente, sea feto o embrión, niño o adulto, anciano, enfermo incurable o agonizante. Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo". (Iura et Bona, n. 2).
Recordemos también que eutanasia es la actuación cuyo objeto es causar muerte a un ser humano para evitarle sufrimientos, bien a petición de éste, bien por considerar que su vida carece de la calidad mínima para que merezca el calificativo de digna; así considerada, la eutanasia es siempre una forma de homicidio, pues implica que un hombre da muerte a otro, ya mediante un acto positivo, ya mediante la omisión de la atención y cuidado. La eutanasia es distinta al 'encarnizamiento terapéutico', que consiste en retrasar el advenimiento de la muerte todo lo posible, por todos los medios, proporcionados o no, aunque no haya esperanza alguna de curación y aunque eso signifique infligir al moribundo unos sufrimientos añadidos a los que ya padece, y que, obviamente, no lograrán esquivar la muerte inevitable, sino sólo aplazarla unas horas o unos días en unas condiciones lamentables para el enfermo. Al 'encarnizamiento' terapéutico se opone la Iglesia.
En cualquier caso, para saber más y aclararse sobre la eutanasia, lo mejor es leer este documento de la Conferencia Episcopal Española: '100 Preguntas y Respuestas sobre la Defensa de la Vida Humana y la Actitud de los Católicos'.
Respecto a la identidad de género, Notivida destaca que el Senado argentino aprobó el proyecto que permitirá rectificar la Partida de nacimiento y el DNI conforme a la "identidad de género autopercibida", sin necesidad de pasar por cirugías de adecuación de genitales externos o terapias hormonales. El trámite no requerirá autorización judicial, bastará la solicitud del interesado. Las intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales "para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida", serán incluidas en el Plan Médico Obligatorio y los efectores del sistema de salud -públicos o privados- deberán garantizar las prácticas. En el caso de los menores, la gestión se hará a través de los representantes legales.
O sea, la ley natural se la pasan por el arco del triunfo.
Esto es lo que hay en una Argentina cada vez más zapaterizada y controlada por el Nuevo Orden Mundial, que suma así otra conquista...
José Ángel Gutiérrez
joseangel@hispanidad.com