Desconexión digital. Trabajo considera que enviar 'mails' fuera del horario laboral es "acoso" y amenaza con multas
¿Hasta dónde llega el derecho de los trabajadores a una desconexión digital de sus tareas profesionales? En pleno debate por el teletrabajo, según los inspectores del área enviar correos electrónicos fuera del horario es "acoso" y piden multas de hasta 187.515 euros. La Inspección ha comenzado a abrir actas de advertencia a empresas por este motivo. Trabajo señala que esta situación "afecta a la conciliación de su vida familiar y laboral e intimidad debida".
La realidad es que ya se están presentando denuncias en este ámbito, y la previsión es que este tipo de actuaciones inspectoras se incrementen en los próximos meses, por la generalización del teletrabajo. Es el caso de la denuncia presentada por un trabajador y por la que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Cataluña acometió una serie de actuaciones consistentes en una visita al centro de trabajo de la empresa, donde requirió que se le aportara el protocolo de actuación relativo a la utilización de medios tecnológicos de comunicación entre empresa y empleados. Una vez contrastada dicha política con los acuerdos firmados por los empleados al inicio de su relación laboral, momento en el que se ponía a su disposición un teléfono corporativo, pudo acreditarse que en dicho acuerdo se indicaba que el uso de dicho dispositivo debía realizarse "exclusivamente" en horas de trabajo por ambas partes.
"En este caso, lo que sí parece haberse incumplido es el compromiso contractual de que el uso de este recurso se haga de manera exclusiva en horas de trabajo por ambas", consideran los especialistas en materia laboral.
Este acta, una de las primeras en analizar el alcance de este nuevo derecho a la desconexión digital, saca a la luz una obligación exigible a cualquier empresa, como es la de disponer de una política interna dirigida a trabajadores y a directivos, en la que se definan las modalidades del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas, que evite el riesgo de fatiga informática.
Por otra parte, tal como informa elEconomista, los expertos en Derecho Digital y Laboral es diferente coinciden al afirmar que el derecho a la desconexión digital no supone una prohibición a no enviar y, por consiguiente, un derecho a no recibir, correos de trabajo fuera del horario laboral. "El artículo 88.1 deja claro que el alcance de tal derecho es el de garantizar el respeto del tiempo de descanso del trabajador fuera del horario establecido, así como durante sus permisos y vacaciones, pero no impide el envío de correos de trabajo".