Según informa Notivida, el Gobierno de Argentina de Alberto Fernández y Cristina Fernández se dispone a ratificar una convención pro-ideología de género. 

Se trata de la 'Convención contra toda forma de Discriminación e Intolerancia', la cual introdujo en el sistema interamericano de derechos humanos, como categorías protegidas, la “discriminación” por “la orientación sexual y la identidad de género”, razón por la que es la más codiciada por el lobby LGBT.
Según Notivida, algunas disposiciones de esta Convención podrían ser contradictorias con otras protecciones que ofrece el derecho internacional de los derechos humanos, incluso aquellas relacionadas con las libertades de culto, de expresión, de asociación, de aprender y de enseñar.

Esta convención fue aprobada el 5 de junio de 2013 por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), durante su 43° Período ordinario de sesiones celebrado en La Antigua, Guatemala. 

En concreto, en su artículo primero, la Convención define a la Discriminación como “cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia, en cualquier ámbito público o privado, que tenga el objetivo o el efecto de anular o limitar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de uno o más derechos humanos o libertades fundamentales”. Y agrega que “la discriminación puede estar basada en motivos de nacionalidad, edad, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género ...”

Por ello, de los 35 países signatarios de la Convención, sólo 2 la han ratificado: México y Uruguay.

En el momento en que la OEA adoptó la Convención, el P. Sanahuja advertía: “Como consecuencia de la llamada ‘discriminación por orientación sexual e identidad de género’ y de la ‘homofobia y transfobia’, califican de homofóbica y discriminatoria toda opinión en desacuerdo con el estilo de vida homosexual. Atentan contra la libertad religiosa, por ejemplo, oponiéndose a la predicación de la doctrina cristiana. Como consecuencia, se arremete contra la libertad de los padres a educar a sus hijos y se desconoce la libertad de las instituciones de enseñanza, por sólo dar dos ejemplos. (.) ¿Serán pasibles de ser juzgados por tribunales internacionales los padres de familia que se opongan a que sus hijos sean educados en la ‘normalidad’ de la homosexualidad o las autoridades religiosas que prediquen la intrínseca maldad moral de la sodomía? Es muy distinto terminar con la injusta violencia a, por ejemplo, exigir libertad de acción, incluida la perversión de menores, o reclamar el ‘cupo gay’ dentro del cuerpo de profesores de colegios y universidades”. (Noticias Globales 1191, 10 junio 2013).