El Pleno del Tribunal Constitucionalidad ha acordado, este martes, por mayoría de 7 votos a favor y 1 en contra inadmitir la recusación promovida por más de 50 diputados y más de 50 senadores del Grupo Parlamentario Popular contra el magistrado y Presidente del Tribunal Cándido Conde-Pumpido Tourón con motivo del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley Orgánica 1/2024, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, informa el propio TC en nota de prensa.

Para esta decisión, el pleno de la corte de garantías estaba formada por cuatro jueces progresistas y cuatro independientes: no han participado los magistrados afectados por otras recusaciones: el propio Cándido Conde Pumpido, Juan Carlos Campo, Laura Díez (progresista) y José María Macías (independiente). 

El Auto -redactado por la magistrada sanchista María Luisa Balaguer- explica que "las causas que en su día motivaron la abstención del magistrado Conde-Pumpido en el asunto del procés (tener interés directo o indirecto en el pleito o causa), ahora el objeto de la impugnación no coincide con el enjuiciamiento constitucional de una ley penal que no existía en el momento de suscitarse la abstención ni aquellas manifestaciones se referían al problema constitucional suscitado ahora".

En el presente caso, “el objeto de la impugnación es resolver sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, que se impugna de forma global y particularizada en relación con concretos preceptos. Una norma penal que no existía en el momento de suscitarse la abstención, norma cuya validez se cuestiona de manera abstracta, por lo que no cabe apreciar que las manifestaciones controvertidas entonces se refirieran al problema constitucional suscitado en este procedimiento”, prosigue la nota de prensa del TC. 

Así las cosas, el Auto subraya que “ni por el objeto y el contenido impugnatorio de los procesos constitucionales ni por el origen fáctico de la abstención (…) es posible apreciar la conexión en que fundan su planteamiento, lo que evidencia su manifiesta carencia de fundamento y determina su inadmisión a trámite”.

No obstante, la magistrada Concepción Espejel ha anunciado un voto particular discrepante con la composición del Pleno y con el objeto del incidente. En su opinión, el Pleno de hoy debería haber abordado conjuntamente todas las recusaciones pendientes, y no solo la que afecta a su presidente, que ahora podrá participar en las decisiones sobre las recusaciones de Laura Díez y de José María Macías, el cual opina algo parecido a su compañera Espejel. 

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Aun así, Espejel se ha mostrado de acuerdo con la inadmisión de la recusación del Presidente. 

Mientras que el magistrado Enrique Arnaldo ha anunciado voto particular concurrente por disentir de la composición del Pleno, que considera viciado desde un primer momento. 

Así las cosas, en este momento -tras la retirada del magistrado Juan Carlos Campo de las deliberacione-- la composición del TC de cara a discutir la constitucionalidad de la ley de Amnistía a los delincuentes del 'procés' queda con 7 magistrados sanchistas y cuatro independientes, a falta de conocer las decisiones sobre las recusaciones a Laura Díez (sanchista) y José María Macías (independiente).