Sr. Director:

Por medio de la carta apostólica en forma de motu proprio Traditionis Custodes, el Papa Francisco, en fecha 16 de julio de 2021, determinó que los libros litúrgicos promulgados por los Papas Pablo VI y Juan Pablo II, en conformidad con los decretos del Concilio Vaticano II, son la única expresión de la lex orandi del rito romano, y que corresponde a cada obispo diocesano la regulación de las celebraciones litúrgicas en su propia diócesis. Por tanto, es de su exclusiva competencia autorizar el uso del Misal Romano de 1962 en su diócesis, siguiendo las orientaciones de la Sede Apostólica.

En el artículo 8 del mismo motu proprio leemos: “Quedan abrogadas las normas, instrucciones, concesiones y costumbres anteriores que no se ajusten a las prescripciones del presente motu proprio”.

De acuerdo con lo prescrito, sólo existe entre nosotros una única expresión de la lex orandi: la conformada por los ritos y textos aprobados tras la celebración del Vaticano II. En los demás casos, el obispo diocesano puede permitir la celebración extraordinaria de la Santa Misa y de los demás sacramentos usando los libros litúrgicos aprobados en 1962 por el Papa San Juan XXIII.

De este modo observamos dos formas celebrativas: la ordinaria y la extraordinaria. Cada obispo diocesano determinará cuándo y dónde se ha de celebrar según la forma extraordinaria.

Los Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica establecidos por la comisión pontificia Ecclesia Dei son competencia del Dicasterio para estos Institutos y Sociedades, bajo la supervisión del Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, es decir, de la Santa Sede.

Muchos se preguntan cómo proceder con los fieles que prefieren la celebración según la forma extraordinaria, y la respuesta depende exclusivamente del obispo diocesano y, en último término, de la Santa Sede.

Sin embargo, es necesario asegurarse de que los amantes de la liturgia tradicional acepten en su integridad los documentos del Vaticano II y el Magisterio posterior hasta León XIV. Porque la cuestión no radica solamente en celebrar la Misa de una forma o de otra, sino en aceptar en su totalidad el Magisterio Eclesiástico. Y todos los católicos sabemos que sin comunión real con el Sucesor de Pedro no hay verdadera comunión con la Santa Iglesia de Dios. Debemos obediencia y respeto al Papa, a nuestros obispos y a los legítimos Pastores de la Iglesia.

Si dependiera de mí, me pondría en contacto con los amantes de la liturgia tradicional para conversar con ellos y, si fuese posible, para llegar a una sana solución de uno de los tristes conflictos que afectan hoy por hoy a la Iglesia.

Soy partidario de lo que el Papa Benedicto XVI llamaba “reforma en la continuidad”; no es aceptable una reforma que quiera hacer tabla rasa de la Tradición viva de la Iglesia. Hagamos lo posible para que la celebración de la Eucaristía tal y como la Iglesia ordena que se celebre nos lleve a expresar y fomentar cada vez más la necesaria unidad en la Iglesia de Cristo.