La sentencia concluye que no hubo análisis ni información de los riesgos al clienteEl juzgado nº4 de primera instancia de Valladolid ha declarado nula la venta de obligaciones subordinadas a un cliente vallisoletano condenando a Caja España (hoy Banco CEISS) a devolver los 1.051.000 invertidos y el abono de las costas. La sentencia califica a la deuda subordinada como un producto "complejo y de alto riesgo", híbrido entre la deuda y las acciones. "Aunque computa como fondos propios, no es sino un bono con la característica de ser el último en la lista de acreedores", explica Juan Ignacio Navas, socio director de Navas Cusí, despacho que ha llevado la defensa.

La sentencia considera que Caja España no hizo una correcta valoración de los riesgos y por lo tanto no pudo informar de los riesgos de la operación. Ni se informó de los riesgos, ni de su carácter perpetuo ni de que la liquidez estaba condicionada a la existencia del mercado interno. "Se vendió como plazo fijo lo que era un producto altamente especulativo", concluye Navas.
    
Así lo estima el juez que considera además que la entidad no cumplió con sus obligaciones legales. Si realizó el test de conveniencia, pero no el de idoneidad, requisito legal obligatorio cuando existe una labor de asesoramiento. "Si bien se pudo cumplir con la legalidad, no hubo un análisis real de los riesgos y del conocimiento del cliente", señala el fallo, que añade que no se velaron por los intereses del cliente como si fueran propios como manda la ley.

La sentencia concluye que el error fue sustancial y excusable por lo que estima el vicio del consentimiento alegado por el cliente y anula el contrato, condenando a Caja España a abonar las costas. "Afortunadamente la justicia existe. Es lenta, pero inexorable y coloca a cada uno en su sitio", concluye Navas quien además considera que las entidades han comercializado las subordinadas incurriendo en un conflicto de intereses. "Las subordinadas se colocaron para mejorar los ratos de capital de las entidades, principalmente las cajas de ahorros que tenían problemas de solvencia. Un objetivo aceptable, pero incompatible y contradictorio con velar por los intereses del cliente como si fueran propios", concluye Navas.

Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com