• El juez argumenta que no puede aplicarse la sentencia del Tribunal Supremo porque el sistema financiero ya no corre peligro.
  • Si el Tribunal de Justicia de la UE acepta la retroactividad de las cláusulas suelo declaradas nulas, el impacto sería de unos 15.000 millones de euros.
  • Es lo que más teme el sector y lo que podría condicionar el ya de por sí difícil beneficio de 2016.
En una sentencia del 26 de enero conocida este jueves, un juez de Vic (Barcelona) ha anulado una cláusula suelo de un préstamo hipotecario del BBVA, firmado el 29 de junio de 2012. De nada le ha servido al banco alegar que la sentencia del Tribunal Supremo del 13 de mayo de 2013 impide la retroactividad. ¿Qué ha ocurrido? Muy sencillo. Según el juez, la sentencia del TS "no puede aplicarse en este caso en tanto en cuanto no concurre el motivo que fundamentó aquella decisión y que no fue otro sino el riesgo que para la solvencia del sector financiero tendría la retroactividad de los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo". Es decir, el juez considera que si los bancos tuvieran que hacer frente a la retroactividad de la nulidad de todas las cláusulas suelo, la solvencia del sistema financiero ya no correría peligro. Por su parte, el despacho Navas & Cusí, que ha dirigido la defensa de este caso, señala que "el Supremo equivocó el interés general por el interés del sistema financiero. Si algo es abusivo y poco transparente, no resarcir en derecho y justicia nunca puede ser interés general. Esperamos que Luxemburgo tumbe la retroactividad antes del verano". Efectivamente, si el Tribunal de Justicia de la UE acepta la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo, el impacto en el sistema sería tremendo: unos 15.000 millones de euros. De hecho, todas las entidades han dedicado elevadas provisiones a este apartado. Todas menos el Sabadell. Tener que devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo es lo que más teme el sector y lo que podría condicionar el ya difícil beneficio de 2016. Pablo Ferrer pablo@hispanidad.com