Sr. Director: 

La sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que las personas que decidan apostatar, no pueden exigir a la Iglesia la anotación en su partida de bautismo, su abandono de la fe católica. Al considerar que los libros de bautismo no tienen la categoría de ficheros y, por lo tanto, no están sometidos a la Ley de Protección de Datos.

Soy un obrero asalariado y no sé si nuestros máximos jueces van a misa cada domingo, o si creen que no hay mayor inspiración que la dictada por iglesia católica, aunque ello vaya en contra de la letra y el espíritu de la Constitución cap. II art. 16. 2 donde dice "nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencia". No sé si tergiversan el diccionario de la Real Academia de la Lengua y su definición de la palabra: "dato".

Con esta sentencia ponen de manifiesto su intención de que los ciudadanos, siendo mayores de edad, no puedan modificar  los registros o ficheros en los cuales los padres dejaron constancia de la adhesión o filiación de sus hijos al catolicismo mediante el bautismo.

Unos hijos que siendo bebés no tenían conciencia, ni criterio, ni siquiera la capacidad de hablar o razonar. Ahora que aquellos bebes son mayores, con su criterio y conciencia propia formada, y amparados por la Constitución se les niega su capacidad para corregir o suprimir unos datos erróneos sobre un ritual que se realizo sin su consentimiento.

Con esta sentencia, según el razonamiento de nuestros máximos jueces sobre la democracia, los datos que recogen las decisiones de los padres sobre los hijos durante su infancia, pueden mantenerse mas haya de su mayoría de edad, hasta el final de sus días, sin que estos puedan modificarlos.

La denostada imagen del Tribunal Supremo se ha elevado a la de un parvulario de catequesis prefranquista. Nuestra Constitución se asienta en el libre desarrollo de la personalidad, no en su coacción o adoctrinamiento. Así, gracias a estos jueces, nuestra democracia pasa a ser un estado patriarcal donde el catolicismo pasa a ser obligatorio desde el nacimiento hasta la muerte.

El Tribunal Supremo podía haber hecho gala de su independencia  exigiendo a la iglesia católica, que si realmente son cristianos, deberían ser los mismos párrocos de las iglesias, los que solicitasen a las personas con mayoría de edad inscritos en los libros de bautismo, si quieren seguir figurando en sus archivos como católicos o no.

Ya que de otro modo, su registro no es de católicos, si no de gente de todo el abanico de creencias o filosofías, al igual que el registro civil.

Atentamente, un obrero de iglesia pobre.

Antonio Cánaves Martín

antoniocanaves@gmail.com