No hace falta glosa laguna. Ellos lo explican muy bien:
Con fecha de 1 de setiembre, un grupo de estudiantes de Derecho, mediante abogado y procurador, hemos presentado ante la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo el escrito de interposición de recurso contra el Real Decreto 775/2011 que desarrolla el reglamento de la Ley 34/2006 de acceso a las profesiones de abogado y procurador. Adicionalmente, hemos solicitado la adopción de una medida cautelar consistente en la suspensión de dicho Real Decreto.
Como sabrán, la Ley 34/2006 de acceso a las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales, entrará en vigor el próximo 31 de Octubre, tras una vacatio legis (periodo entra la publicación de la norma y su entrada en vigor) de 5 años. Dicha Ley, pensada para homologar las profesiones de abogado y procurador con el espacio europeo de educación superior, contempla la necesidad de cursar un master de 90 créditos ECTS (european credit transfer system) y superar un examen nacional para ejercer las profesiones de abogado o procurador de los tribunales. Actualmente sólo 2 universidades han previsto ofertar plazas para este master, con un precio que va desde los 4000 a los 6000€.
La regulación de la profesión, tal como se señala en la exposición de motivos de la Ley, es una vieja reivindicación de los colegios profesionales. De hecho, dicha reivindicación tiene más de 100 años. Curiosamente, a pesar de ello, la han aprobado ahora, creando una manifiesta desigualdad para los estudiantes de las últimas promociones de la Licenciatura en Derecho, diferente al Grado, con mayor carga lectiva y ajena al plan Bolonia que la Ley pretende abordar. Dicho de otro modo, un estudiante que se licencia en septiembre de 2011 podrá colegiarse y ejercer la abogacía sin mayor requisito. En cambio, otro estudiante que se licencie en diciembre de 2011 (o hasta 2015), tendrá que cursar un master de unos 2 años de duración y superar un examnen nacional para poder colegiarse y ejercer. De este modo, el principio de igualdad (artículo 14 CE) y el principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (artículo 9.3 CE) son pisoteados en la nueva aplicación normativa.
Al mismo tiempo, durante 2 años no podrá haber nuevos abogados en el mercado, por la aplicación de la ley y RD referidos, produciéndose una restricción de la competencia en el sector creada artificialmente. Este hecho y el de restringir los organismos capacitados para impartir los master (colegios de abogados y universidades), son señalados como perniciosos en el informe de la Comisión Nacional de la Competencia.
Debemos señalar que la Ley 34/2006 se aprobó en el año en que la mayoría de los estudiantes ahora afectados comenzaban sus estudios de Derecho. Lógicamente no hubo contestación, la mayoría lo ignorábamos. El largo periodo de vacatio legis contribuyó a ocultar aquello que se nos venía encima, dado que, además, el reglamento de la citada Ley no fue aprobado hasta el pasado mes de Junio, tras varios borradores rechazados por el Consejo de Estado.
Cuando dicho reglamento fue publicado, el gobierno, los ministerios de justicia y educación, el consejo general de la abogacía española, los colegios de abogados, etc., se felicitaron públicamente por este avance.
Inesperadamente, los estudiantes contraatacaron.
Resultó que los estudiantes se agruparon a través de una página de facebook, (No a la ley 34/2006 de acceso a la profesión de Abogado (España).
A través de dicha página, los estudiantes diseñaron una estrategia para defenderse consistente en tres frentes:
- Conseguir 500.000 firmas para que se debata una Iniciativa Legislativa Popular que mofifique la Ley 34/2006. Los trámites están muy avanzados y en septiembre sabremos si hemos conseguido las firmas suficientes.
- Informar a los partidos políticos y conseguir su compromiso de modificación de la Ley. Debemos redordar que tanto IU como el PP presentaron sendas iniciativas para excluir a los estudiantes de Licenciatura de la plaicación de la Ley de acceso.
- Presentación de una demanda de impugnación del reglamento que desarrolla la Ley de acceso.
Este último punto es el que ha cobrado vida el día 01 de setiembre, con la presentación del escrito de interposición de demanda ante la sala de los contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Como he comentado, también pedimos la suspensión cautelar del Real decreto 775/2011 que desarrolla el reglamento de la Ley de acceso. La suspensión supondría el regreso al Status quo anterior, de modo que los estudiantes de licenciatura podría colegiarse y ejercer la abogacía o la procura al terminar sus carreras, hasta conocer la sentencia. Es de destacar que se admitió a trámite nuestra solicitud.
Resumidamente, este es el asunto. Nos gustaría que le dieran el tratamiento informativo adecuado, ya que se trata de una acción que puede tumbar literalmente una norma del Gobierno de España. Si desean más información, no duden en contactarme.
Mariano Tomás
mariano@hispanidad.com