El juez de Valladolid, Joaquín Ebile, espantó a toda la clase financiera cuando dictaminó que el Fondo de Garantía de Depósito (dependiente del Banco de España y de las entidades privadas, encargado de asegurar los depósitos en una crisis bancaria) tenía que pagar 1.21 millones de euros a Domingo López, promotor y propietario del Banco de Valladolid, una de las entidades que entró en crisis a comienzos de los años ochenta, que fue intervenida por el Banco de España y posteriormente, según costumbre de la época, vendida al Barclays.
Esa entidad habría hundido al Fondo, además de crear un peligroso precedente. ¿Cómo se llegó a tan aparatoso fallo judicial? Pues resulta bastante sencillo.
En su día, Domingo López presentó ante el juzgado un requerimiento para que se le reconocieran los activos que tuvo que entregar al FGD en el momento de la intervención activos con los que se pagó parte, sólo parte, de los depósitos de los clientes desparecidos como consecuencia de la mala gestión del banco. No se sabe exactamente cómo, el juez Ebile convierte lo que era un asunto no dinerario un reconocimiento de los activos - en una indemnización, concluye que Domingo López tiene derecho a recibir del FGD 26,5 millones de euros.
No sólo eso, sino que una vez depositado, y sin esperar a sentencia firme, Ebile decide, no dejar ese dinero como depósito en espera de una sentencia firme, sino entregarlo a Domingo López
A bodas me convidan, pensó el ex banquero, quien solicitó una indemnización por el total de la intervención con intereses de demora incluidos. Así, Ebile llega a la curiosa conclusión de que el FGD debe a promover del Banco de Valladolid nada menos que 1.121 millones de euros: la quiebra para el FGD.
Los recursos del Banco de España, supuestamente la presión de los medios informativos, hace que el juez revise el procedimiento, una forma de volver a empezar y volver a contar. No obstante, el FGD acude a la Audiencia de Madrid para que dictamine, no por los 1.121 millones de euros, cantidad mareante, sino por el hecho de convertir un depósito en un pago, y un reconocimiento de entrega de activos en una indemnización. Así, si la Audiencia determinara ahora que esa conversión no se ajusta a derecho, todo el resto del caso se caería como un castillo de naipes.
Eso es lo que va a verse el próximo 16 de febrero, cuando tenía lugar la vista oral. Si la sentencia es favorable al FGD, toda la labor de Ebile quedará desmontada. De otra forma, el culebrón continuará.