- La Audiencia de Palma mantiene imputada a la infanta Cristina por dos delitos fiscales pero no por blanqueo de capitales.
- Eso sí: doña Cristina no se sentará en el banquillo si le aplican la doctrina Botín y se inhibe la abogacía del Estado y la Fiscalía.
Como es lógico, su abogado, Miquel Roca, ha afirmado a los medios que no está de acuerdo con la primera decisión, pero sí con la segunda.
Eso sí: doña Cristina no se sentará en el banquillo si se le aplica la 'doctrina Botín', siempre que la abogacía del Estado y la Fiscalía se inhiban. Porque la doctrina Botín, elaborada por el Tribunal Supremo, permite a un imputado por delito fiscal librarse del banquillo si no acusa la Fiscalía o los afectados directamente por el proceso (que se personan como acusación particular). Y en este caso, ni fiscal ni Abogacía del Estado ni Hacienda acusarán a la Infanta... La única instancia que la acusa es la acusación popular Manos Limpias. Precisamente, lo que se carga la doctrina Botín es la acusación popular, figura jurídica muy española.
En su día y en su auto, el juez instructor José Castro encontró "sobrados indicios" de que la hermana del rey Felipe VI "intervino lucrándose" personalmente y facilitó que lo hiciera su marido, Iñaki Urdangarín, "mediante su colaboración silenciosa" en la empresa Aizoon, que compartían ambos al 50%.
Según el juez, Aizoon era una empresa tapadera a la que el duque de Palma presuntamente desvió parte del dinero que consiguió con los millonarios contratos que firmó a través del Instituto Nóos con los gobiernos autonómicos de Baleares y la Comunidad Valenciana.
Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com