Afirma la Fiscalía de Sevilla que en el año 2009 sólo han detectado dos denuncias falsas por violencia de género.
Naturalmente no pongo en duda esa afirmación, ¡faltaría más! ¿Qué ocurre pues? Si esos datos son ciertos, ¿mienten quienes sostienen que esas denuncias falsas existen y en una proporción escandalosa? No, lo que ocurre, como dijera Campoamor, es que en este mundo traidor nada es verdad, ni es mentira, todo es según del color del cristal con que se mira.
Veamos la realidad: la Fiscalía parte del convencimiento ideológico y políticamente correcto siguiente: La mujer en la relación de pareja está siempre y por definición sometida al varón; cualquier agresión, por leve y puntual que sea, aunque no obedezca a ninguna consideración por razón de género, y aunque sea recíproca, es calificada como maltrato; la mujer cuando denuncia nunca miente, por lo que cualquier archivo, sobreseimiento o absolución obedece a que no se pudo probar la culpabilidad del denunciado; la mujer cuando retira una denuncia lo hace por miedo. Ese planteamiento, evidentemente, descarta que puedan detectarse denuncias falsas, y así cuando se denuncia a un hombre y tras ser detenido prueba que el día en que se le denuncia estaba a 1.000 Km. de distancia. El Fiscal no aprecia denuncia falsa porque, en tales casos, la mujer maltratada y traumatizada pudo equivocarse del día y sitio donde se produjo la agresión, lo que, debe provocar la indignación social de que el acusado quede impune. Se denuncia a un tetrapléjico, y no hay denuncia falsa.
Mas como la realidad no es monocromática, existe otra posible interpretación políticamente incorrecta: la mujer en la relación de pareja, por definición, no puede ser considerada inferior al hombre, por lo que habrá que valorar en cada caso si la agresión, como establece la propia Ley, se ha ejercido sobre la mujer por el mero hecho de serlo, por considerarla el agresor persona que carece de los mínimos derechos de respeto, libertad y capacidad de decisión.
Se habría de exigir una motivación machista en la agresión, como cuando en el caso de una agresión a una persona de distinta raza se requiere motivación xenófoba para considerar la agravante de racismo. Se puede y debe cuestionar y enjuiciar cada denuncia sin desterrar el derecho a la presunción de inocencia.
La mujer cuando retira una denuncia lo puede hacer por miedo o por otras consideraciones, entre ellas la de ser consciente, tras el primer arrebato inicial, a veces tras ser asesorada en tal sentido, que su acusación es injusta o desproporcionada, conformándose con el inicial escarmiento. Desgraciadamente, así se podría dar otra lectura a que una acusada por denuncia de maltrato falsa pueda acabar muriendo por su pareja que sufrió esa acusación, detención y estigmatización, pues siendo execrable su conducta vengativa y homicida, pudiera ser, puestos a plantear hipótesis, que no se debiera hacer responsable al juez de haber hecho bien su trabajo sino a quien pudiera haber aconsejado a esa mujer a tomar esa iniciativa desencadenante del desastre. Esta otra perspectiva llevaría también a reducir la casuística de violencia de género elevando la protección de las mujeres que sí sufren riesgo y desigualdad, garantizando que sólo ellas perciban las coberturas asistenciales que necesitan. Ese planteamiento conllevaría que en menos del 2% de las denuncias formuladas se podría encontrar esa motivación machista, una juez de violencia en una conferencia en la que alerté de ello, llegó a afirmar que en tres años no había conocido ningún caso. No estaríamos hablando ya sólo de denuncias falsas, cuyo número desconocemos, sino de acusaciones manifiestamente infundadas y que rebasan el ámbito de discriminación positiva que ha refrendado el Tribunal Constitucional para proteger a aquellas mujeres que sufren desigualdad; debiendo los jueces así interpretarlo.
Que cada cual intente encontrar la verdad, mirando con el color del cristal que más le convenza, llamando la atención que en a finales del siglo XIX, en Francia, en un asunto destapado por Zola, un Gobierno fue llamado a dimitir por haber sido un inocente condenado y escarnecido públicamente: Caso Dreyfus. Quizás, pues, no interese airear ese otro enfoque, puesto que no serían uno sino miles los acusados, condenados y escarnecidos injustamente, por la aplicación del criterio literal y oficialista de un texto legal de dudosa constitucionalidad.
Francisco Serrano Castro