- La reforma constitucional ha provocado un duro enfrentamiento, incluso físico, entre diputados gubernamentales y opositores.
- Y es que Erdogan quiere convertir lo que le queda de democracia en una dictadura.
- Todo muy edificante…
La tensión política por la reforma constitucional en
Turquía ha estallado en un duro enfrentamiento físico entre diputados gubernamentales y opositores en el Parlamento, donde hoy debaten los artículos de la enmienda que dan al jefe del Estado
Erdogan mucho más poder, recoge
Efe.
Es decir, el trasfondo de esta pelea es que Turquía se juega mucho pues
Erdogan quiere mucho más poder para convertir lo que le queda de democracia al sistema en una dictadura…
El choque empezó cuando
diputados del principal partido de la oposición, el socialdemócrata
CHP, filmaron como los legisladores del gubernamental
AKP (islamista) votaban de forma pública, pese a que la Constitución establece que el voto debe ser secreto en este tipo de procesos.
Tanto el CHP como el prokurdo e izquierdista HDP afirman que los diputados islamistas votan de forma abierta para demostrar su lealtad a Recep Tayyip Erdogan, actual presidente y fundador y líder de facto del AKP.
La pelea fue una de las más fuertes de la historia de la democracia turca: volaron sillas e incluso se rompió el mostrador donde los diputados llevan a cabo sus discursos. Varios diputados resultaron heridos en la trifulca, entre ellos uno del AKP que sufrió una rotura de nariz.
El Parlamento ya ha aprobado cinco artículos de la reforma. Cada uno de ellos necesita un mínimo de 330 apoyos, de los 550 diputados. Posteriormente, se votará de nuevo toda la reforma en conjunto. Con esa mayoría de 330 diputados, la reforma no podrá entrar en vigor directamente, sino que será precisa la ratificación por referéndum popular.
Los medios turcos indican que la jornada de hoy jueves puede ser aún más tensa,
ya que se tratarán los artículos relacionados con los poderes del presidente.
El artículo 8 permite al presidente ser miembro e incluso dirigir un partido político, mientras que el 9 le faculta para gobernar mediante decretos.
El artículo 12 le da autoridad para disolver el Parlamento y convocar elecciones, mientras que el 17 le autoriza a designar la mayor parte de los jueces de los altos tribunales y del órgano que nombra a
jueces y fiscales.
Andrés Velázquez
andres@hispanidad.com