El sector inmobiliario, en crisis
Entra en vigor la primera ley sanchista, la hipotecaria, que se posiciona a favor del cliente, mientras se mantiene firme con los bancos. Y es que, para empezar, la publicidad debe ser más clara, ya que indicará, entre otros, el tipo de interés, el importe total del préstamo, los gastos incluidos, los pagos a plazos y la obligatoriedad de contratar un seguro o no. Asimismo, un notario deberá responder y explicar todos los puntos que el cliente no comprenda, antes de firmar el contrato.
Una vez se solicita la hipoteca, el banco deberá cerciorarse de la solvencia del cliente, teniendo en cuenta que no se puede basar solo en el valor del inmueble hipotecado. A esto se suma un endurecimiento de las condiciones para poder ejecutar la hipoteca en caso de impago y el abaratamiento de la conversión de una hipoteca variable al tipo fijo. Además, se prohíben las cláusulas suelo y se amplía el límite del deudor antes de que el banco pueda iniciar la ejecución de la hipoteca, también conocida como cláusula de vencimiento anticipado, (como mínimo hay que incumplir 12 mensualidades o el 3% del volumen del préstamo).
Se endurecen las condiciones para poder ejecutar la hipoteca en caso de impago y el abaratamiento de la conversión de una hipoteca variable al tipo fijo
Respecto a los gastos, el cliente se hace cargo de la tasación. El resto, salvo el coste de las copias de la escritura, que lo asume quien las pida, los afronta el banco. Entre estos últimos se incluyen los gastos de gestoría, coste de los aranceles notariales de la escritura de préstamo hipotecario, gastos de inscripción de las garantías en el registro de la propiedad y el impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (IAJD).
Por otro lado, según analiza el equipo de HelpMyCash, "el prestatario tendrá la facultad de decidir si prefiere trasladarse al banco que le presenta una oferta de subrogación o si quiere aceptar la contraoferta de su entidad", ya que, destaca, que si el cliente quiere cambiar de banco mediante una subrogación, su entidad actual no podrá enervar la operación, es decir, no podrá retenerlo por defecto si presenta una oferta igual o mejor.