Fernando Grande-Marlaska es noticia esta semana por dos decisiones que demuestran, por un lado, que uno de nuestros peores ciudadanos, y por otro que es muy generoso con los drogadictos y muy tacaño con los Policías.

Su ministerio acumulaba varios reveses judiciales sobre este tema, lo que ha obligado a Interior a ceder ante la reivindicación de los policías nacionales: así han acordado pagar 153,84 euros al año, unos 12,8 euros al mes, en concepto de indemnización por vestuario a los agentes del Cuerpo que prestan servicio vestidos de paisano.

La orden ministerial está en fase de borrador, aún no está firmada y se aplicará este año, pudiendo recibir la compensación por el vestuario de 2025. Afecta a unidades de investigación, como la Policía Judicial, Información o Extranjería, así como a la Unidad Central de Protección.

Los sindicatos lo han celebrado pero también han alertado de lo tacaña que es la cantidad, máxime cuanda algunas sentencias establecían importes por encima de los 500 euros. La Unión Federal de Policía (UFP) denuncia que la cifra acordada es "a todas luces insuficiente" porque "no da ni para un traje".

Además de ser baja, el borrador tiene un pero sobre la cantidad, será condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la Ley de Presupuestos de cada año". Dicho en otras palabras, se cobrará si hay crédito suficiente en la partida del Ministerio. 

Y no deja de ser curioso, porque, al tiempo que es 'rata' dando 12 euros al mes para vestuario y aludiendo a que no hay dinero, Marlaska libra de multas a toda persona que esté consumiendo drogas dentro de su vehículo. Según la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, es porque el coche es "un espacio privado".

Dejan al criterio de los agentes apreciar si esta conducta "es o no constitutiva de una infracción grave". Interior justifica su decisión con varias sentencias del Tribunal Supremo que dictan que, sin poder considerar como domicilio un vehículo privado, sí es "un espacio privado protegido con cierto grado de intimidad".

"Cuestión distinta es que se trate de vehículos en tránsito, en cuyo caso podría tratarse de una conducta subsumible en el Código Penal, concretamente un delito contra la salud pública, o de un delito contra la seguridad vial".