Sr. Director:
En la mayoría de las profesiones, por no decir en todas, el tiempo de ejecución de los trabajos es fundamental; no es lo mismo fabricar cualquier aparato en un tiempo corto que en un tiempo más largo, pues el coste de la mano de obra se dispara y resulta más cara su fabricación.
Otro tanto puede decirse de las labores burocráticas aunque éstas suelen gozar de cierta mayor flexibilidad.
Sin embargo, no ocurre así con el trabajo de los jueces en España, puesto que no están sujetos a instruir, juzgar y sentenciar las demandas que reciben en ningún plazo de tiempo determinado de antemano, es decir tienen una flexibilidad casi infinita, lo que produce que en ocasiones, cuando no se sienten urgidos o exigidos, las causas se eternicen y lleguen a durar muchos años, hasta 15 o más, incluido el tiempo de ejecución de la sentencia, especialmente cuando la política invade el terreno judicial, con sus condicionamientos de conveniencia partidista.
¿Tiene que ser esto así, o se pueden arbitrar medios y procedimientos para que se puedan poner límites a esta situación? Yo creo que sí, que habría que establecer algún modo de exigir algún tiempo determinado a los jueces para que ejercieran sus funciones correctamente, cuando se enfrentan con las demandas que les llegan al juzgado o al tribunal correspondiente.
Pienso que uno de esos medios, sería el constituir un tipo especializado de Tribunal que estudiara y analizara las circunstancias de cada demanda, sobre todo las más importantes, para establecer el tiempo determinado que debería durar cada causa, atendiendo al volumen de trabajo de los jueces o magistrados, los medios y el personal que disponen, y a la complejidad del asunto que se dilucide. Después, el juez podría pedir prórrogas de ejecución, justificando la necesidad de alargar el tiempo para acabar la instrucción, celebrar el juicio y dictar la oportuna sentencia.
Mi propuesta se basa en el hecho de que si la Justicia, es demasiado lenta como ocurre en España en la actualidad, deja de ser justicia, nos perjudica a todos y se resquebraja el Estado de Derecho propio de toda democracia que se precie de serlo. Los asuntos no pueden alargarse hasta que lleguen a prescribir los delitos cometidos o fallezcan las personas que los cometieron, con lo cual se burla la acción de la justicia, porque no se puede juzgar a los que ya han muerto o sus delitos han prescrito.
Pienso que sería una buena medida, aún contando con la dificultad que ello supone, siempre que a la vez los jueces y magistrados dispusieran de los medios materiales y de personal suficientes, para atender y resolver tantas querellas y demandas que continuamente se les presentan, y más en estos tiempos en que aparecen tantos delitos de corrupción con protagonistas procedentes del entorno de la política.
Roberto Grao