La Unión Europea rechaza la patente de las células madre embrionarias
No puede hacerse en células capaces de generar un nuevo ser humano.
Para muchos eso no habría tenido ningún tipo de cuestionamiento, pero para algunos científicos sí. Por eso es una buena noticia que el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Yves Bot, haya dictaminado que las células madres embrionarias, deben calificarse jurídicamente de embriones humanos, por lo que no pueden patentarse.
Es el reconocimiento de las que las células madre embrionarias se obtienen de las destrucción de embriones, por lo que son células de una persona, no son una cosa, y por lo tanto no pueden patentarse. Y es que en nuevo lenguaje quiere tratar de suprimir también toda aquella connotación que pueda querer significar a un persona y por eso cuando habla, no distingue entre células madre embrionarias y células madre adultas. Para la obtención de las primeras de ellas, es necesaria la destrucción del embrión (por tanto de una persona), mientras que para las segundas, no (son células de la piel, de la placenta).
Con estas conclusiones, se excluye la patentabilidad del embrión en todos los estadios de la vida. Ahora falta que los jueces del Tribunal de Justicia europea sigan las conclusiones.
Juan María Piñero
juanmaria@hispanidad.com
No puede hacerse en células capaces de generar un nuevo ser humano.
Para muchos eso no habría tenido ningún tipo de cuestionamiento, pero para algunos científicos sí. Por eso es una buena noticia que el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Yves Bot, haya dictaminado que las células madres embrionarias, deben calificarse jurídicamente de embriones humanos, por lo que no pueden patentarse.
Es el reconocimiento de las que las células madre embrionarias se obtienen de las destrucción de embriones, por lo que son células de una persona, no son una cosa, y por lo tanto no pueden patentarse. Y es que en nuevo lenguaje quiere tratar de suprimir también toda aquella connotación que pueda querer significar a un persona y por eso cuando habla, no distingue entre células madre embrionarias y células madre adultas. Para la obtención de las primeras de ellas, es necesaria la destrucción del embrión (por tanto de una persona), mientras que para las segundas, no (son células de la piel, de la placenta).
Con estas conclusiones, se excluye la patentabilidad del embrión en todos los estadios de la vida. Ahora falta que los jueces del Tribunal de Justicia europea sigan las conclusiones.
Juan María Piñero
juanmaria@hispanidad.com