Está en su derecho de no responder, como también lo están los etarras que tantas veces ha juzgado él mismo en la Audiencia Nacional.
Este martes, pese a los rumores que corrían ayer por los pasillos sobre una posible anulación del juicio atendiendo a la apelación del Juez Garzón a la jurisprudencia creada por el caso Botín, la Sala del Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión del juicio.
Garzón se ha quitado la toga y se ha sentado en el banquillo de los acusados para proceder a su defensa con un argumento histórico. No ha apelado a Botín, sino a Adolfo Hitler. Ha comparado las acciones del régimen franquista con los crímenes hitlerianos.
Se mantiene en su postura: lejos de justificar su actitud asegura que él sí era competente para juzgar el caso porque se trataba de "la ejecución de un plan sistemático de desaparición de miles de personas, ocultamiento de cadáveres y ejecuciones extrajudiciales". Actuó de buena fe, afirma, al considerar que la Audiencia Nacional era competente para abrir esta causa porque había "un interés claramente de reparación, de acción de la justicia y, por tanto, de búsqueda de la verdad".
Ha negado que orillara la ley de amnistía de 1977, aprobada para restañar las heridas de guerra, que es de lo que le acusó fundamentalmente el magistrado instructor Luciano Varela. "Los crímenes contra la humanidad no tienen carácter político de ningún tipo… El delito de detención ilegal es permanente y se produce hasta que cesan sus efectos".
En el alegato, muy sentido, Garzón ha apelado a los sentimientos de los familiares de los desaparecidos durante la guerra civil, que le han mostrado su apoyo a las puertas del tribunal. Una señora, incluso, se ha acercado a darle un beso. Ha manifestado que recibió todo el apoyo del Ayuntamiento de Madrid, pero ningún organismo público de ámbito nacional tenía datos de desaparecidos durante y después de la guerra civil. Los familiares de los desaparecidos, a quienes está muy agradecido, fueron quienes le facilitaron las cifras de desaparecidos, que oscilan entre los 114.000 y los 152.000.
El magistrado añadió que abandonó la causa cuando se dio cuenta de que los responsables de los delitos habían fallecido, mediante los partes de defunción. "Más allá de las chanzas… ésta es la única forma de acreditar formalmente la extinción de la responsabilidad penal", afirmó.
Mariano Tomás
mariano@hispanidad.com