Austria. El Gobierno en funciones no prohibirá el glifosato en 2020, en contra de lo que decidió el legislativo: argumenta un fallo de procedimiento
Este jueves 18 de julio, la Corte Constitucional de Colombia tomó una decisión bastante esperada en la coyuntura política actual: la referente al polémico herbicida de Bayer, glifosato. “El Consejo Nacional de Estupefacientes deberá considerar y ponderar toda la evidencia científica y técnica disponible en lo que se refiere, por un lado, a la minimización de los riesgos para la salud y el medioambiente, y, por otro, a la solución al problema de las drogas ilícitas, conforme a los instrumentos de política pública”, señaló el alto tribunal, al anunciar que mantiene el fallo de 2017, en el que puso seis condiciones para que se reanude la aspersión aérea de cultivos de uso ilícito.
La Corte Constitucional mantuvo las seis condiciones que impuso en 2017 para que el Consejo Nacional de Estupefacientes reanude el uso del glifosato en el país, organismo que deberá supervisar su cumplimiento “de buena fe”, informa El Espectador.
La decisión fue unánime: ocho votos en favor. La presidenta de la Corte, la magistrada Gloria Ortiz, señaló que la decisión siempre ha estado en manos de los órganos políticos. En este caso, del Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE), que fue el que suspendió el uso de este químico en 2015, por petición del gobierno Santos. En 2017, la Corte le dijo al Consejo que “solo” se podría regresar al glifosato si se creaba un programa con ciertas “características mínimas”. Entre ellas, que hubiera “evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medioambiente”.
La Corte le dijo al Consejo que “solo” se podría regresar al glifosato si se creaba un programa con ciertas “características mínimas”
De esta manera, el alto tribunal resaltó que la pelota, ahora, está en la cancha del CNE, que deberá asegurarse de que esas características mínimas sean “cumplidas de buena fe”. Lo que se entiende de esa frase es que no será la Corte la que supervise si el Gobierno cumple con las condiciones impuestas: que la regulación la diseñe un órgano distinto a los que ejecutan la erradicación en el país, que esa regulación tome en cuenta los riesgos para la salud y el medioambiente, que los nuevos riesgos generen automáticamente una revisión sobre las decisiones tomadas y que las investigaciones contempladas cuenten con rigor e imparcialidad.