Los maltratadores de animales podrían perder la custodia de sus hijos menores en caso de separación o divorcio. Así lo ha explicado la consellera de Justicia, Lourdes Ciuró, que plantea modificar el Código Civil de Cataluña el próximo otoño. 

Según Crónica Global, la intención de la Generalitat es que los jueces no puedan atribuir la custodia de menores a una persona que, previamente, ha maltratado a animales y que tienen una sentencia firme.

“Quien maltrata a un animal es candidato a maltratar. Una persona maltratadora maltrata animales, mujeres, hijos…”, ha explicado la titular de Justicia en una entrevista en ACN. Asimismo, el Ejecutivo autonómico prevé que, en caso de divorcio, la custodia de la mascota será para quien tenga un vínculo emocional más estrecho con el animal. Por otro lado, el juez repartirá el tiempo de convivencia, quién se hará cargo de su cuidado y cómo se reparten las cargas, como la pensión alimentaria o los gastos de veterinario. 

Y es que, como publicamos en Hispanidad, las mascotas son 'seres sintientes': no serán considerados objetos y en caso de divorcio un juez decidirá "atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal".

Desde la Conselleria de Justicia aseguran que la finalidad de este cambio es ampliar el abanico de los derechos de los animales. Otra de las novedades de este anteproyecto es que los propietarios o cuidadores de los animales podrán poner en el testamento a quienes quieren que se hagan cargo de éste en caso de morir.

Ello equipararía la ley catalana a las más modernas del entorno para proteger a los animales, según la consellera. “Nos gusta hablar de derechos de los animales, necesidades afectivas, psíquicas y emocionales", concluye Ciuró.

En definitiva, por un lado, la norma juzga a alguien por algo que todavía no ha hecho -maltratar a un hijo- y, por otro, le da la misma importancia al trato de un animal -por ejemplo, a una rata- que el trato a un hijo. Un disparate.