Identificado, documentado y respetuoso, éstos son los tres adjetivos que pueden adscribirse a la carta que me envía Fernando Torrente García de la Mata sobre la OPA de los Sanahuja, por tanto bien merece la pena publicarla íntegramente. De los tres adjetivos el más importante es el primero, el que más me agrada, Don Fernando se identifica como parte en el proceso y esa sinceridad no dice mucho en su favor, lo dice todo.
A partir de ahí aclaremos lo siguiente: las cosas pueden ser legales pero no buenas. La OPA de los Sanahuja sobre Metrovacesa me parece legal pero inadecuada, las razones ya las hemos expuesto en Hispanidad: a un valor ya de por sí inflado se le otorga un precio aún mayor, sólo que por una cuarta parte del capital. Dicho de otro modo, el accionista -minoritario o no- que acuda a esa OPA resultará beneficiado en una cuarta parte de su patrimonio y más que probablemente perjudicado en las tres cuartas partes restantes, pues a nadie se le oculta que lo más probable es que el valor se estrelle un día después de concluida la OPA. Este es el problema de las opas parciales y esa es la razón por las que el resto de accionistas representativos hayan apoyado a Rivero y se hayan opuesto a los Sanahuja. La medida es legal pero no me parece justa. Lo cual no quiere decir que apoye la OPA parcial de Joaquín Rivero. Tiene usted toda la razón, Rivero no ha lanzado una OPA sobre Metrovacesa porque pretenda hacerse con un porcentaje mayor del patrimonio de la compañía, sino porque pretende mantener el control y el poder exactamente de la misma forma que los Sanahuja pretenden desalojarle del mismo.
Incluso puedo estar de acuerdo en que la CNMV una vez más se ha comportado como un legislador y no como un regulador. Como me comentaba un importante broker español, Lo que no puedo soportar es pedirle el visto bueno a la CNMV para una operación y que me responda No me gusta. Que me digan si es legal o no, que yo no quiero saber si les gusta o si no les gusta. En cualquier caso, Don Fernando, convendrá conmigo en que si se aplicaran los deseos de los Sanahuja Opa con venta incorporada, para evitar un precepto legal- nos encontraríamos con una normativa extraordinariamente versátil. Máxime cuando la nueva directiva europea sobre opas, actualmente en transposición al ordenamiento jurídico español aumenta la arbitrariedad del regulador en el punto clave de toda lucha por el poder en el seno de una empresa. ¿Cuándo se puede decir que una persona controla una compañía cotizada?
En definitiva, no me gusta la OPA de los Sanahuja por parcial, no me gusta la OPA de Rivero por parcial de lo que podemos colegir que no me gustan nada las opas parciales.
Eulogio López