El pasado 26 de abril la juez de la Audiencia Nacional, Teresa Palacios, dictó auto de apertura de juicio oral contra el presidente del SCH, Emilio Botín, el ex copresidente del banco, José María Amusátegui, y el ex consejero delegado, Ángel Corcóstegui, por presunta apropiación indebida y administración desleal.

 

Además, la juez ordenó el depósito de 164 millones de euros de fianza solidaria a lo que Emilio Botín ha respondido con la exigencia de que uno de los querellantes, Rafael Pérez Escolar, a su vez, depositara 3,28 millones de euros, presunto coste bancario de la fianza para el caso de que la acusación perdiera el juicio. Así las cosas, el otro querellante, Francisco Franco Otegui, ha optado por recordarle al Banco de España la normativa que exige "honorabilidad" a quienes ejerzan labores directivas en las entidades bancarias.

 

En escrito de fecha 4 de mayo, Franco Otegui solicita al gobernador del Banco de España, Jaime Caruana, que requiera al presidente del SCH, Emilio Botín, a la renuncia de sus cargos en el Consejo del Santander "en razón a su manifiesta carencia de honorabilidad". El letrado se basa en el artículo 2.2 del Real Decreto 1.245/1995 de 14 de julio, que establece para las entidades financieras de nueva creación que "en todo caso se entenderá que carecen de honorabilidad quienes tengan antecedentes penales, o no se encuentren procesados, o se hubiera dictado auto de apertura de juicio oral por delitos -entre otros- contra la propiedad".

 

A juicio de Otegui, el requerimiento es el paso adecuado previo al "procedente expediente" y lo considera "inexcusable y de urgente práctica". El abogado considera que "el hecho de que la revocación de la autorización sea contemplada por la ley como último recurso para hacer efectivo el cese de los consejeros en el ejercicio de sus cargos, no puede servir de amparo a una inhibición del órgano supervisor que conllevaría la permanencia del señor Botín en el Consejo hasta su condena por sentencia".

 

Sin embargo, el Banco de España recuerda que el artículo 2.4 del mencionado RD 1.245/1995 establece que no se considerará que haya falta de honorabilidad sobrevenida "por la mera circunstancia de que, estando en el ejercicio de su cargo, un consejero o director sea inculpado o procesado por alguno de los delitos mencionados en el apartado 2 anterior".

 

Es decir, la normativa establece una distinción de la exigencia de honorabilidad. Para las entidades de nueva creación se exige que los nuevos consejeros no estén incursos en una apertura de juicio oral, mientras que en el caso de consejeros en ejercicio, la honorabilidad no se perdería por el mero hecho de ser inculpado o procesado.

 

La Ley no detalla en cambio que sí se entiende como daño para la honorabilidad de los consejeros en ejercicio. Por eso, como afirma Franco Otegui, resultaría "monstruoso" que, con la actual situación judicial de Botín, incapacitado para fundar un banco o administrar otro existente, "continuase en la Presidencia del primer banco del país, una vez afectado por la misma causa de idoneidad".

 

La acusación no entiende esta distinción de exigencia. Por el criterio de analogía considera aplicable a los consejeros en ejercicio la misma honorabilidad exigida a los nuevos consejeros de entidades bancarias. Por su parte, el Banco de España no ha querido entrar a valorar ni interpretar la normativa vigente, o al menos oficialmente. Sin embargo, lo cierto es que el gobernador Jaime Caruana no exigirá a Emilio Botín que dimita como presidente del primer banco del país, tal y como pretende la acusación.

 

La contradicción y confusión de la redacción es calificada por Franco Otegui como "interesada" y considera que "la pasividad del Banco de España en este caso resultaría de difícil justificación y bien podría interpretarse como una deliberada dejación de funciones".

 

En otro orden de cosas, en medios jurídicos se espera con fruición la resolución de la juez Teresa Palacios sobre la fianza que impuso al trío Emilio Botín, José María Amusátegui y Ángel Corcóstegui. Los abogados del banco se niegan a pagarla, a pesar de que la juez les amenazó de embargo. Con una tesis jurídica sorprendente, los abogados de Botín alegan que el acusador, Rafael Pérez Escolar, debe aportar, asimismo, unos 4 millones de euros, no vaya a ser que pierda el juicio y haya ocasionado un gasto a Botín, a Amusátegui y a Corcóstegui en concepto de intereses. Estamos hablando de una fianza solidaria que para la pareja Botín-Amusátegui se eleva a 56 millones de euros, y para la pareja Botín-Corcóstegui, siempre con criterio solidario, se eleva a 108 millones. En lo que parece un reto a la juez Teresa Palacios, los acusados se niegan a pagar a pesar de estar apercibidos de embargo por la propia juez. Ahora habrá que esperar la resolución de Teresa Palacios.

 

Otrosí. El hecho de que el magistrado Siro García, que debería presidir la sala que juzgara a Botín, Amusátegui y Corcóstegui, no es una buena noticia para el presidente del Santander Central Hispano. Siro García ha pedido su traslado al Tribunal Supremo. Fue el juez que metió en la cárcel a Mario Conde por el caso Banesto y se considera a sí mismo un magistrado "progresista".