La esperanza de vida sitúa a España como la tercera sociedad más longeva del mundo, tan solo por detrás de Japón y Suiza, países a los que previsiblemente adelantaremos en poco más de dos décadas, según las proyecciones del Instituto Nacional de Estadística.

Que cada vez vivamos más años es una excelente noticia, pero sin duda también uno de los grandes desafíos del siglo XXI, especialmente la gestión de la longevidad y de los recursos necesarios para afrontarla, durante la jubilación.

Y, precisamente, en esta etapa de la vida existen diversos factores a tener en cuenta para gestionar los ahorros como la independencia financiera para afrontar el día a día, el estado de salud y los posibles cuidados necesarios, la gestión del ocio, y la voluntad, en algunos casos, de dejar en herencia determinado patrimonio.

En caso de fallecimiento, se tributa por el impuesto de Sucesiones que, en este caso, contempla determinadas exenciones en función de la CCAA de residencia

Adicionalmente a estos factores, en la jubilación aparecen una serie de riesgos que pueden complicar nuestro bienestar como la rentabilidad de los ahorros y, actualmente, el riesgo de inflación ante un mundo cada vez más cambiante.

“Para dar solución a todos estos riesgos y asegurar la tranquilidad financiera durante el periodo de jubilación, nacen las rentas vitalicias, un seguro de vida-ahorro que garantiza el cobro de una renta periódica para toda la vida, y que, además, puede complementar los ingresos de la pensión pública”, aseguran desde Banco Sabadell, entidad que promueve este producto.

Dirigido a personas mayores de 55 añoslas rentas vitalicias que ofrece Banco Sabadell destacan por su excelente fiscalidad y por una amplia oferta que permite adaptarlo a las necesidades de renta y de legado de capital para los herederos. En este último caso, se contemplan diversas modalidades: 100%, 90%, 80% o 70% del capital garantizado para los herederos, o la renta vitalicia con capital de fallecimiento decreciente para que el cliente pueda decidir cuál se adapta más a sus preferencias. El capital en caso de fallecimiento varía según la modalidad de renta vitalicia contratada.

Ventajas fiscales

La tributación es muy beneficiosa, tanto durante la vida del contrato, como en el momento del fallecimiento. “Durante la vida del contrato”, explican desde la entidad, “no se tributa por la totalidad de la renta que se percibe, sino solo por una parte de ella en función del momento de la contratación”.

Las rentas vitalicias que ofrece Banco Sabadell destacan por una amplia oferta que permite adaptarla a las necesidades de renta y de legado de capital para los herederos

En caso de fallecimiento, se tributa por el impuesto de Sucesiones que, en este caso, contempla determinadas exenciones en función de la CCAA de residencia. Es decir, que los herederos (cónyuges, ascendientes y descendientes) tributan por el capital que perciben aplicándose una reducción por beneficiario, del 100% hasta los siguientes límites

  • 25.000 € en Catalunya; 23.150 Canarias; 12.000 € Baleares; 50.000 € en Cantabria
  • 400.000 € en País Vasco, 250.000 en Navarra; 500.000 € en Aragón
  • 9.195 € en CCAA sin legislación especial.

“Además”, señala Banco Sabadell, “es un producto idóneo para facilitar el pago del impuesto de Sucesiones a los herederos ya que BanSabadell Vida puede avanzar el capital para hacer frente al desembolso si los herederos lo solicitan”.