Como siempre, me entero por los titulares periodísticos de lo que me atañe. Al igual que un conocido ex jefe de Gobierno (conste que no me comparo a él).

Sr. Director:

Yo no dilaté el expediente sancionador que ahora el pleno del CGPJ declara caducado. Al contrario, el día que se me notificó el nombre del instructor le mande un e-mail poniéndome a su disposición y diciéndole que yo era el primer interesado en que se terminara cuanto antes, como es lógico.

Si el retraso fuera imputable a mí, no se hubiera apreciado la caducidad. Se contradice el CGPJ.

Por último, recalcar que yo respeto a toda persona, sea de la raza, color, religión o condición sexual que sea. Pero no hay derechos absolutos. Cuando entran en conflicto con otros, el tribunal constitucional dice que hay que hacer un juicio de ponderación.

En el caso de menores, los que también tienen sus derechos, el juicio de ponderación sobre cuál ha de prevalecer lo hace la propia ley. Prevalece el interés del menor. El juez se limita a aplicar la ley vigente. No sé por qué se me impidió investigar qué era lo más beneficioso para Candela, y que el Tribunal Constitucional decidiera si es acorde a la Constitución el matrimonio entre personas del mismo sexo. No sé por qué ese miedo a la verdad.

Dentro de unos años no harán falta peritos. Conoceremos directamente las consecuencias de la falta de la figura paterna en Candela y en casos similares. Ojalá crezcan sanos física y psíquicamente.

Fernando Ferrin Calamita

f.ferrincalamita@gmail.com