Un importante directivo bancario español me hace llegar la siguiente reflexión sobre fiscalidad en España, ahora tan de moda por el chocolate del loro del impuesto sobre el patrimonio. Es interesante que lo hago mío.

Ahí va:

 

IDEAS PARA EL DEBATE SOBRE FISCALIDAD

 

 

1.- ¿Por qué se quiere retomar el Impuesto del Patrimonio, en lugar de subir los tipos en la escala del IRPF, como se ha hecho en Italia y en Francia? El Impuesto del Patrimonio ni era justo ni lo pagaban los auténticos ricos, porque:

- Grava el ahorro y no el gasto.

- No afecta a todos los bienes por igual (precio de cotización en bolsa vs. valor catastral)

- No distingue entre bienes adquiridos con ahorros después de tributar en Renta y bienes adquiridos, supongamos, a titulo de herencia, más aún sin Impuesto de Sucesiones.

- Tenía unos tipos confiscatorios. ¿Cómo habría de calificarse un marginal del 2,5% cuando el Estado paga por las letras a seis meses el 2,2%?

- Una persona con un porcentaje superior al 15%/20% en el capital de una sociedad no tributaba por el valor de sus acciones y sí lo hacía una persona que tuviera un porcentaje inferior. Para entenderlo, una persona con 100.000 € en acciones Telefónica, por ejemplo, pagaba por ello pero un accionista con más del 15% en una sociedad, cotizada o no, estaba exento aunque su inversión fuera de cientos de millones. O lo que es lo mismo que una persona con 1 millón de € pagaría patrimonio mientras no lo harían Amancio Ortega, Entrecanales, etc.

- Y además, porque todos los países lo han eliminado (salvo Francia en discusión para hacerlo) por las razones expuestas y otras ligadas a la deslocalización.

2.- ¿Por qué de dice que las SICAV´s tributan al 1%? A ese tipo lo hacen sólo en el Impuesto de Sociedades, exactamente igual que los Fondos de Inversión. El accionista o participe es gravado por la plusvalía en el momento de la venta de sus acciones/participaciones al tipo de rentas de capital aplicable (hoy al 21%), es decir el beneficio al final al accionista hoy le cuesta hoy un 22%. No se entiende, además, por qué deberían tributar de forma distinta las acciones de una SICAV´s y las participaciones en Fondos de Inversión.

3.- ¿Por qué se dice que no se deben subir los impuestos indirectos (que pagan todos los españoles incluyendo los que permanecen sumergidos) y sí los directos (por el IRPF pagan menos de la mitad de los ciudadanos, con una altísima progresividad, como recientes estudios han demostrado)?

4.- ¿Por qué se afirma que el impuesto de rentas de capital es neutral cuando no lo es? Unas rentas de 10.000 € por un capital en una imposición a plazo en una entidad financiera es gravada al 21%, y la misma renta percibida de una sociedad en concepto de dividendo, por la tributación en el impuesto de sociedades del beneficio en origen, lo hace a un tipo superior al 44%. No es mejor para el país invertir en el capital de empresas que hacerlo en una IPF.

5.- ¿Por qué no se actúa de forma más radical contra la economía sumergida, tanto mediante la inspección como prohibiendo las transacciones en efectivo a partir de un cierto importe como acaba de hacerse en Italia y lleva vigente en Francia hace mucho tiempo?

 

Y yo no rengo nada que añadir. Salvo que el límite a las transacciones en efectivo me parece interesantísima, porque donde nos vamos a jugar el futuro no es ni en el IRPF -donde estamos bien cogidos- ni mucho menos en el Impuesto de patrimonio sino en le fraude en el IVA.

Eulogio López

eulogio@hispanidad.com