El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Ángel Luis Hurtado, ha dictado este martes auto de apertura de juicio oral a Álvaro García Ortiz por un presunto delito de revelación de secretos por indiciariamente haber facilitado a un medio de comunicación el contenido confidencial de un correo electrónico que el abogado del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, había enviado al fiscal del caso que se seguía contra él, informa el CGPJ en nota de prensa

El instructor destaca que procede acordar la apertura de juicio oral y tener por dirigida la acusación contra Álvaro García Ortiz, por, “indiciariamente, haber revelado, en su condición de fiscal general del Estado, secretos de los que pudo haber tenido conocimiento por razón de su cargo, como presumible autor de un delito previsto y penado en el art. 417 CP, pues, como se viene exponiendo, no concurre supuesto alguno por el que sea procedente algún tipo de sobreseimiento”.

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El magistrado rechaza la petición de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) de suspender cautelarmente de sus funciones a García Ortiz, aunque remite su auto a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado para que, en su caso, resuelva lo que proceda y le informe de la decisión adoptada.

“Hay, pues,  un vacío legal sobre este particular, vacío que no debe servir para dar el salto de sacar la suspensión del único procedimiento contemplado para cualquier miembro, que se ha de sustanciar por su propio régimen jurídico, y derivarlo funcionalmente a la competencia para decidir sobre ello al Juez de Instrucción, cuando esa vía administrativa es la adecuada; y si el problema es que en ella no ha de ser el propio Fiscal General del Estado el que resuelva sobre su propia suspensión, por estar siendo investigado en la presente causa, en ella debieran articularse los mecanismos para que se encargue de hacerlo quien le sustituya, si esta alternativa se considerase viable en esa vía y que hay alguna forma de cubrir tal vacío legal”, subraya el magistrado. Por ello concluye que no procede la suspensión cautelar interesada por la APIF, aunque acuerda enviar su resolución a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado.

Se da la circunstancia de que la decisión de apartar de la carrera, aunque sea momentáneamente, a un fiscal corresponde, precisamente, al Fiscal General. En este sentido, y tras insistir en no dimitir, es poco probable que el propio García Ortiz se apartara a sí mismo, aunque fuera únicamente para sentarse en el banquillo de los acusados.

En relación con las medidas cautelares reales, el magistrado fija una fianza de 150.000 euros a García Ortiz para hacer frente a las responsabilidades pecuniarias que se puedan derivar, con el apercibimiento de que, si no la presta en el plazo de cinco días, se le embargarán bienes para asegurar dicha cantidad.

El instructor señala la Sala de lo Penal como órgano competente para juzgar los hechos y concede un plazo de diez días al abogado del fiscal general del Estado para que presente su escrito de defensa, frente a las acusaciones ya formuladas. Un total de siete magistrados le juzgarán. 

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Desde el PP, su portavoz en el Congreso, Ester Muñoz, ha valorado que García Ortiz "está tardando en dimitir y el presidente del Gobierno está tardando en pedirle y exigirle su dimisión si no lo hace".

Mucho nos tememos que la respuesta a ambas solicitudes del PP será negativa...