El juez Juan Carlos Peinado investiga a Begoña Gómez -esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- por cinco delitos: tráfico de influencias, malversación, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.
El juez instructor tomó la decisión recientemente de investigar en una pieza separada el presunto delito de malversación, por el posible uso de fondos públicos en el trabajo de su ayudante, Cristina Álvarez. En concreto, por posible «desviación de fondos públicos en favor de intereses privados», al presuntamente emplear tiempo de su trabajo en realizar gestiones para los negocios privados de Gómez.
La esposa del presidente reconoció ante el juez Peinado que su ayudante en Moncloa, Cristina Álvarez, realizó para ella, de forma “excepcional”, alguna gestión de carácter privado, como “un favor”. Pero que esas tareas “no afectaron a las funciones que Álvarez tenía asignadas por parte de Presidencia del Gobierno”.
La noticia este jueves es que la Audiencia Provincial de Madrid ha anulado la decisión de Peinado de investigar en una pieza separada el presunto delito de malversación. En opinión de la Audiencia Provincial de Madrid, la prueba de "ambos supuestos delitos (tráfico de influencias y malversación) está intrínsecamente unida", lo que "imposibilita la formación de piezas separadas sin que el juez instructor haya aportado razonamiento divergente que pueda alterar esa decisión". Por lo que "la decisión adoptada por el juez instructor es prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental".
No obstante, y esto es lo más significativo, la Audiencia de Madrid sí ve posible que pudiese haberse producido una «desviación de medios públicos, puestos indebidamente al servicio de intereses particulares o estrictamente privados».
Todo esto, no obstante no significa que Begoña Gómez ya no vaya a ser juzgada por un jurado popular, que es la intención del juez Peinado. Sino que en vez de en dos juicios con jurado popular, sea en uno solo, ya que el instructor ya había propuesto juzgarla con un jurado popular en la causa principal formada por los otros cuatro delitos.