En el corazón de uno de los textos más enigmáticos del apóstol Pablo se encuentra un término que ha suscitado siglos de interpretación y debate: katejón (τὸ κατέχον, “lo que retiene” o  κατέχων, “el que retiene”). Aparece en la Segunda Carta a los Tesalonicenses, donde San Pablo escribe:

Y ahora sabéis lo que lo retiene, para que en su debido tiempo sea manifestado. Porque ya está en acción el misterio de la iniquidad; sólo que hay quien al presente lo detiene, hasta que él a su vez sea quitado de en medio”. (2 Tesalonicenses 2,6-7) 

La expresión griega katechón proviene del verbo katechō, que significa “retener”, “contener” o “impedir”. En el texto paulino, se refiere a algo o alguien que frena la manifestación del “hombre de iniquidad”, el Anticristo, y así aplaza el fin de los tiempos.

Aunque Pablo no identifica explícitamente al katejón, los Padres de la Iglesia primitivos y la patrística cristiana ofrecieron interpretaciones influidas por su contexto histórico. Para muchos, el katejón fue el Imperio Romano o su autoridad centralizada: una potencia estructurada, con leyes y fuerzas políticas que frenaban el caos, el desorden y la persecución abierta que podría precipitar la aparición del Anticristo.

En esa perspectiva, el orden legal y administrativo romano -aunque no fuese cristiano en su origen ni perfect- funcionaba como un “muro de contención” frente a la anarquía y a la disolución total de la civilización. La estabilidad relativa que ofrecía la Pax Romana permitió a la Iglesia crecer y difundirse sin caer en un completo colapso social, retrasando así la consumación escatológica descrita por Pablo. 

Con la caída del Imperio Romano de Occidente en 476 d.C., la idea del katejón tuvo que reformularse. El orden romano pervivió, en parte, en la continuidad del Derecho Romano y su influencia en las estructuras legales medievales y modernas. Más adelante, ya en el s. XIX, San John Henry Newman (siglo XIX), en sus Cuatro sermones sobre el Anticristo, retoma la enseñanza de San Pablo y de los Padres de la Iglesia, defendiendo que, aunque el Imperio cayó políticamente, no estaba claro que hubiera desaparecido en todos sus aspectos. “Las viejas formas de imperio que han durado desde los tiempos de Cristo tiemblan ante nuestros ojos, y asienten a su caída. Son ellas las que lo mantienen a él detrás de ellas”.

Tras el colapso político del Imperio, el Derecho Romano continuó actuando como columna vertebral del orden jurídico en Europa y más allá, funcionando, en cierto modo, como un katejón cultural e institucional que impedía la disolución completa del orden normativo. Este legado hizo posibles estructuras como la Cristiandad medieval, el ius gentium y, más tarde, el desarrollo de los sistemas jurídicos nacionales; y se proyectó también sobre lo que aspiró a ser el orden internacional surgido tras la Segunda Guerra Mundial, así como sobre el orden unipolar posterior a la Guerra Fría, presentado como un sistema basado en reglas (rules-based order).

Sin embargo, lo que quedaba de ese legado jurídico estaba ya seriamente erosionado antes de 2025. En el ámbito civil, mediante legislaciones nacionales abiertamente contrarias al derecho natural y sustentadas en interpretaciones constitucionales que violentan los propios textos constitucionales. En el ámbito eclesiástico, de modo análogo, con la elección del Sumo Pontífice en contra de normas del cónclave que limitan el número de votantes, la remoción de obispos de sus diócesis sin justificación clara o la persecución interna de movimientos no alineados con las preferencias personales del papa Francisco y de su entorno cercano, sin que León XIV haya hecho, hasta ahora, nada efectivo por revertir este desprecio del derecho dentro de la Iglesia.

Hoy, a comienzos de 2026, asistimos a fenómenos internacionales que parecen confirmar que los restos del Derecho Romano han sido abandonados también en las relaciones internacionales:

  • La captura de Nicolás Maduro en Venezuela sin respetar el principio de soberanía estatal, la Carta de las Naciones Unidas ni el propio ordenamiento jurídico de los Estados Unidos.

  • Las amenazas del presidente Trump de tomar el control de Groenlandia, sus advertencias indirectas a otros países de la región -como México y Colombia- y la preparación de una nueva acción militar contra Irán, precedida por protestas en las que resulta difícil no percibir la intervención de los servicios de inteligencia de Israel y EEUU, como ya ocurriera en las Primaveras Árabes o en el Euromaidán ucraniano.

No se trata de negar que el derecho internacional haya sufrido violaciones graves en el pasado -las ha sufrido repetidamente-, sino de constatar que antes esas transgresiones se intentaban al menos camuflar mediante justificaciones jurídicas o retóricas ante la opinión pública. La nueva administración estadounidense ha abandonado incluso ese respeto formal, optando por una política explícitamente fundada en intereses económicos y estratégicos, sin necesidad de buscar cobertura normativa alguna.

En 2026 nos encontramos, así, ante el ocaso del Derecho Romano en su dimensión moderna: el derecho como límite y contención del abuso del poder político. Y ello resulta especialmente grave si se recuerda que el Derecho Romano fue la raíz histórica de muchos conceptos jurídicos que hoy consideramos universales: actos jurídicos, procesos, equidad, normas y garantías.

Si Newman y otros intérpretes de la tradición apocalíptica acertaron en su comprensión del katejón, la desaparición de los últimos vestigios del Derecho Romano en el orden internacional podría significar que el katejón ha sido finalmente removido. Su función era contener el caos global, hacia el cual parecen converger muchas señales de nuestro tiempo. No obstante, no es tiempo de temor, porque el cristiano vive sostenido por las promesas de Nuestro Señor incluso, ante la oscuridad que se avecina. Como recuerda el Evangelio, “se acerca nuestra liberación”.