Caso curioso. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso (PP), considera por ley, y desde hace mucho, al concebido no nacido como un miembro más de la unidad familiar. Esta normativa se enmarca dentro de la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022/26 de la Comunidad de Madrid y pretende garantizar una protección específica en beneficio de las familias. 

Se puede aplicar desde que se acredite el embarazo. De esta forma, las familias tendrán los mismos beneficios y derechos en la concesión de ayudas que utiliza como criterio la renta de la unidad familiar; entre ellas, becas para el estudio de Bachillerato, para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados, de comedor escolar o ayudas al alquiler joven.

Además, las familias que tengan dos hijos y están esperando un tercero tienen acceso a los beneficios por familia numerosa. También se aplica a los beneficios fiscales como la deducción en el impuesto de la renta, deducción por gastos escolares, así como en la exención de tasas y otros beneficios fiscales por la compra de vivienda de segunda mano.

Y esto es en la Comunidad de Madrid, porque al parecer el Ayuntamiento de Madrid, con José Luis Martínez-Almeida al frente, no lo veía igual. Así, el protocolo para el acceso a las guarderías municipales no reconocía al bebé que estaba por nacer en la clasificación de puntos para el acceso a una plaza, por lo que la Asociación de Familias Numerosas llevó el asunto a la justicia.

La Asociación alude a la Comunidad y al propio Código Civil, que señala que “al nasciturus se le tendrá por nacido en todo lo que le beneficie”. Por lo tanto, tal y como apunta el letrado Iñigo Martínez de Artola, miembro de la Junta directiva de la asociación e impulsor de esta demanda “la interpretación siempre debe de ser extensiva”. Y la Justicia así lo cree también, obligando a Almeida a rectificar. 

Eso sí, la sentencia no concede a la asociación la vinculación de este criterio con futuros actos administrativos. Es decir, el efecto práctico "hace referencia al protocolo para el acceso de plazas municipales del curso 25/26. Pero para el curso que viene pueden volver a discriminarnos. Y para este curso, ¿cómo se aplica la sentencia?, ¿echan a un beneficiario para meter a quien han discriminado injustamente?, ¿le compensan el coste de la guardería privada?, ¿debe de instar cada usuario discriminado o ejecutará el ayuntamiento de oficio?”, se pregunta la presidenta de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid, María Menéndez De Zubillaga.