Mediaset España ha recibido una sanción por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), presidida por José María Marín Quemada  por emitir presuntamente publicidad encubierta y con tintes subliminales durante el programa emitido por Telecinco, "Qué tiempo tan feliz", conducido por María Teresa Campos. En concreto, la demanda estaba relacionada con la sección de belleza, en la que colabora la periodista Meli Camacho, y que promociona diversos productos cosméticos de manera indirecta. Camacho suele presentar tratamientos y recomienda algunos productos que se pueden utilizar para llevarlos a cabo, mostrando los envases, en ocasiones incluso nombrando la marca y redirigiendo a su blog, también con temática de belleza y cuidado personal que, además, sirve como canal de distribución para muchos productos. La CNMC ha difundido un comunicado en el que informa que Mediaset España está incumpliendo presuntamente el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA), que prohíbe que se realice "comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales". Según esta misma ley, siempre que se promociona un producto con fines publicitarios debe ser perceptible que existen estos fines. Mediaset España tiene un plazo de 15 días para presentar alegaciones sobre el expediente en el que se le realiza esta acusación, que ha sido tipificado como infracción administrativa de carácter grave. Esta infracción podría costarle al grupo de comunicación entre 100.001 y 500.000 euros. El período en el que supuestamente ha cometido estas irregularidades va desde diciembre de 2014 hasta febrero de 2015. Al duopolio televisivo, Atresmedia y Mediaset, no les importa hacer efectivas las sanciones que les imponga la CNMC ya que los beneficios no variarán por este motivo. Sin embargo tendrán una disminución de la audiencia que, al verse engañada por la publicidad engañosa y subliminal, los espectadores perderán la confianza en el programa sancionado y también en los productos objeto de esta sanción. Clemente Ferrer clementeferrerrosello@gmail.com