Sr. Director:

Próximamente se cumplirán 60 años del comienzo del Proceso de Nüremberg en el que Militares, Responsables políticos, altos cargos del régimen nazi fueron juzgados por atentados a la paz, agresión, crímenes de guerra y crímenes contra la Humanidad, entre otros. Este juicio supuso el primer paso hacia lo que hoy es el Tribunal Penal Internacional. Por ello sentó bases muy importantes que se pueden considerar logros en el Derecho Internacional.

Pues bien, en tal juicio no se admitió como eximente la obediencia debida ni la obligación de funcionarios de cumplir las leyes vigentes, quedando con ello establecido, a mi juicio, un principio importante, el de la responsabilidad personal en cualquier acción inmoral, independientemente de que esté sancionada por la ley o de que se realice en acto de obediencia a un superior. Esto es en definitiva la objeción de conciencia, por la que podemos oponernos a leyes que en conciencia no podemos obedecer.

Este derecho, de una forma o de otra está recogido en todas las legislaciones de las democracias occidentales, y en nuestra propia Constitución, se declara el derecho a la objeción de conciencia al servicio militar en el art. 30.2. Por analogía puede ser aplicado a otros temas graves, como puede ser la ley que modifique el código civil en materia de matrimonio para conceder el carácter de tal a las uniones de homosexuales. No entiendo, pues, la negación de este derecho por parte de miembros del Gobierno del Sr. José Luis Rodríguez, como lo manifiesta, por ejemplo, el ministro de Justicia, Juan F. López, en sus declaraciones recientes. La negación de este derecho nos llevaría a un régimen totalitario ¿Es ahí adonde nos dirigimos o adonde nos dirigen?

Rafael Serrano Molina

rasemolin@ono.com