Sr. Director:

Señor Andrés: Leo la noticia que firma usted, y ciertamente no es para menos que preocuparse. Sin embargo, y sin quitarle un ápice de gravedad, creo que es necesaria una matización.

 

En la noticia se hace referencia al llamado "divorcio exprés", que ciertamente ha agilizado de manera notable la tramitación de los divorcios, con el consiguiente incremento de su número.

Sin embargo personalmente tengo serias dudas de que realmente haya incrementado el número de familias rotas. De entrada hay que decir que el porcentaje de familias rotas entre quienes han contraído matrimonio canónico, no es apreciablemente distinto que el correspondiente a los matrimonios civiles.

Uno podría pensar en primera instancia que ello se debe a una innegable inercia cultural, que lleva a muchas parejas sólo nominalmente católicas, a contraer matrimonio por la Iglesia, por razones puramente sociales o incluso estéticas. Sin embargo el asunto tiene más enjundia. Y se aprecia cuando se analiza el número de demandas de separación (civil) que se tramitan en los tribunales.

Cierto es que una separación no supone la liquidación civil del régimen matrimonial, sino sólo su suspensión. Pero de hecho es un acontecimiento absolutamente extraordinario que un matrimonio civilmente separado reanude la convivencia. Lo habitual es que al final tramiten el divorcio. Y en este sentido el "divorcio exprés" lo único que ha hecho es agilizar la tramitación administrativa, pero me atrevo a decir que no ha afectado al ánimo de quienes deciden haber perdido la "affectio maritalis".

De hecho la estadística que se debería publicar no son los datos de divorcios, sino los de separaciones. Y seguro que más de uno se llevaría una sorpresa. Porque la puerta de entrada del divorcio ha sido y sigue siendo la extraordinaria laxitud de un gran número de sedicentes católicos ante la separación. Ese es el verdadero cáncer. Después, unos tribunales que de hecho penalizan al varón de manera sistemática, obligan en muchos casos a que sea éste el que solicite el divorcio como única medida de protección legal. Y la prueba de que no estamos ante un fenómeno novedoso es que el Catecismo de la Iglesia Católica contempla este supuesto en el punto 2383.

Al final, una vez más, no necesariamente hay que buscar la causa del problema entre los no católicos. Es triste, pero es así.

Rodrigo Díaz