Entre 70.000 y 80.000 afectados esperaban la solución al caso

Caso típico: un cliente acude a su banco para contratar una hipoteca. Su agente le ofrece un seguro gratuito, llamado clip, que cubre parte de la subida de los tipos de interés, si esta se produce. El cliente acepta, pero poco después los tipos no sólo no suben, sino que bajan. Entonces es cuando el banco pasa una liquidación a su cliente, que tiene que indemnizar a la entidad por la bajada. Por poner un caso real y concreto: un particular que pagara 1.200 euros mensuales por su hipoteca vería rebajada su cuota a 800 euros gracias al descenso del euríbor, pero tendría que abonar al banco otros 700 euros por el clip.

Este martes, el Juzgado de primera instancia número 8 de León condenó a Bankinter por un caso de permuta financiera. Pero por primera vez no se trata de una PYME sino de una leonesa hipotecada a la que se le ofreció el clip como un seguro de protección ante las subidas de interés. La sentencia anula la contratación del clip y obliga al banco a devolver lo que el cliente había pagado por el producto.

Ante una situación similar, las costas del juicio pueden resultar más caras en algunos casos que el abono de las liquidaciones exigidas. ¿Cuáles son entonces las alternativas? Pocos son los que han dejado de pagar su hipoteca, mientras que cancelarla supone pagar una cuota importante. Algunos se han unido en torno a la Asociación de Usuarios Afectados por Permutas y Derivados Financieros (ASUAPEDEFIN). Al habla con Hispanidad, su presidenta, Patricia Suárez, estima que el número de afectados puede encontrarse entre 70.000 y 80.000. Al igual que en el caso Lehman, los afectados podrán costearse demandas colectivas. Otra semejanza con el caso Lehman es que, si bien una entidad (Bankinter en este caso) lidera la venta de estos productos, otras muchas como Santander, Sabadell, Caja Madrid, Caixa Galicia, Popular, Banesto han llevado a cabo la misma práctica. Pero la diferencia con Lehman es que no se trata de clientes de pasivo que buscaban mayor rentabilidad, sino para clientes de activo, literalmente hipotecados.

Además de la citada, existen otras sentencias sobre clips. La mayoría da la razón a los clientes en una proporción de 11-2. Sin embargo, la de León es la primera que afecta a un particular. Así que sólo es el principio, porque los particulares son el 80% de los afectados, frente al 20% de las PYME. El lío llega para los tribunales después de que el Banco de España diera la razón a los clientes, pero que frenó la oleada de quejas cuando éstas empezaban a suponer un volumen preocupante para la banca. Se llegaron a producir resoluciones contradictorias por parte del regulador que reconocía defectos en la comercialización en unos casos, mientras los negaba en otros.

Rodrigo Martín

rodrigo@hispanidad.com