El TSJA condena a dos años de inhabilitación al juez Serrano por dejar que un niño se quede un día más con su padre para asistir a una Procesión

 

Contemos la historia desde el principio. Un niño -sometido a régimen de visitas con sus padres por la separación de estos- le dice a un juez de Familia -de nombre Francisco Serrano, titular del juzgado de Familia número 7 de Sevilla- que quiere salir de paje en la procesión del Silencio en la Semana Santa sevillana y que si vuelve con su madre, igual se queda sin ir. En ese momento el régimen de visitas le corresponde a su padre.

El juez decide entonces alterar el régimen de visitas del padre para que éste pueda estar con el menor un día más, hasta el Jueves Santo, aunque tenía que devolverlo el Miércoles Santo. El juez se basa en el principio de que el interés del menor debe prevalecer por encima de los conflictos entre los padres. La medida provocó una querella de la madre contra el juez, al que acusó de prevaricación.

Pues bien: ayer, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía condenó a dos años de inhabilitación al juez Serrano por un delito de prevaricación culposa, aunque lo absuelve del delito de prevaricación dolosa, razón esta última por la que acuerda solicitar al Gobierno que le conceda el indulto parcial y reduzca la condena a seis meses de inhabilitación al afirmar que "aun cuando se imponga el mínimo legal posible, resulta demasiado severo tal reproche punitivo por su cierta desproporción con el mal causado por la infracción". Hay que ver, qué generosidad por parte del TSJA.

Sin embargo, y para que se vea todavía más la vesania judicial, se da la circunstancia de que incluso la Fiscalía había cambiado su postura respecto al caso el pasado día cinco al pedir la absolución del titular del juzgado de Familia número 7 de Sevilla por entender que no había dolo en su conducta.

El juez Serrano anunció que recurrirá la sentencia al considerarla "absolutamente injusta", por lo que su abogado anunció que en los próximos días elevará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El abogado de la madre, por su parte, cree que se trata de un "delito de prevaricación dolosa", por lo que adelantó que su intención es recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo.

Este caso recuerda al del juez de Familia Fernando Ferrín, quien fue condenado a 10 años de inhabilitación, más otros tres sin poder ejercer, por querer investigar si lo mejor para una menor era educarse con dos lesbianas o con un padre y una madre. 

El propio juez Ferrín se ha pronunciado sobre el caso de su compañero Francisco Serrano: el juez "estaba perfectamente amparado para dictarla (la resolución) a petición del menor y al amparo del artículo 158 CC. Como mínimo, lo que demuestran los dos magistrados que le han condenado -el tercero ha formulado voto particular- es una supina ignorancia del Derecho de Familia, y de las facultades especiales que tiene todo Juez de Familia para actuar en interés de un menor. Baste citar la STC 4/2001, de 15 de enero, en la que se dice que el órgano judicial, 'al modificar en interés del menor el régimen de guarda y custodia..., no hizo sino actuar las potestades que legalmente tiene atribuidas'".

Y concluye el juez Ferrín: "La condena sólo se explica desde el punto de vista político. Las feministas le tenían ganas a Serrano. Pero no se habrán quedado contentas: querrán que el tribunal supremo -con minúsculas- agrave la condena".

Veremos qué dice el Tribunal Supremo. Pero dado el antecedente con el juez Ferrín, mucho nos tememos que su compañero Serrano seguirá el mismo camino: la inhabilitación.

Son dos casos -el del juez Serrano y el del juez Ferrín- de la dictadura feminista, de la ideología de género y de lo políticamente correcto que han logrado impregnar a buena parte de la justicia española. Por casos como este -y otros muchos- la ciudadanía no cree en la justicia.

Como dice el juez Ferrín: "¡Qué pena de justicia y de país!".

José Ángel Gutiérrez
joseangel@hispanidad.com