Según la Ley catalana de centros de culto

Este lunes se aprobaba la Ley catalana de centros de culto. Según esta ley se establece que "por motivos de higiene, seguridad y salubridad", se regularán todas las licencias concedidas a los centros religiosos, así como a las actividades que se realicen en la calle o en lugares no dedicadas a tal efecto. Vamos, que las procesiones tendrán que contar con la autorización del Sr. alcalde que decidirá de manera discrecional. O sea, arbitraria.

La normativa obliga a los centros a que tengan cuarto de baño para hombres y para mujeres, rampas para personas discapacitadas, etc. ¿Qué pasa con centros religiosos históricos que se vean imposibilitados a cumplir estas exigencias? Se pregunta el Observatorio para la Libertad Religiosa OLR).

Supuestamente, bajo esta ley la ermita de María del Castillo en Saldes, de 20 metros cuadrados, podría ser clausurada o precintada por el alcalde correspondiente si así lo estimara, advierte el OLR.

‘Casualmente' la ley ha sido presentada por Carod Rovira, precisamente quien hace unos años escandalizó a la comunidad religiosa por las burlas a la corona de espinas. "Resulta chocante que bajo el pretexto de defender la libertad religiosa sea precisamente Carod Rovira como vicepresidente de la Generalitat el que presente esta ley", concluye el OLR.