Hoy, 4 de noviembre, ha entrado en vigor la Ley 16/2013, de 29 de octubreEste lunes, 4 de noviembre, ha entrado en vigor la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras y que tiene importantes novedades en el Impuesto de Sociedades.

Invertia recuerda algunos de esas novedades. Por ejemplo, en relación con el Impuesto sobre Sociedades, como novedad sustancial, se establece la no deducibilidad del deterioro de valor de las participaciones en el capital o fondos propios de entidades, así como de las rentas negativas generadas durante el plazo de mantenimiento de establecimientos permanentes ubicados en el extranjero.

Ambas medidas tratan de evitar la doble deducibilidad de las pérdidas, en un primer momento, en sede de la entidad o del establecimiento permanente que los genera, y, en un segundo, en sede del inversor o casa central. Estas medidas tienen efectos retroactivos pues se retrotraen sus efectos a los períodos impositivos iniciados el 1 de enero de 2013 (conlleva la derogación del artículo 12.3 y la modificación de varios artículos más).

También se establece una prórroga para los ejercicios 2014 y 2015 de la limitación en la compensación de bases imponibles negativas, la limitación en la deducibilidad fiscal del fondo de comercio en sus diferentes versiones y de los activos intangibles de vida útil indefinida, y del límite establecido en la aplicación de las deducciones para incentivar determinadas actividades, en cada período impositivo.

Y algunas otras medidas. Sin embargo, cabe decir que pese a esas reformas, en ningún caso la nueva ley reduce el tipo a las pymes, lo cual no gusta a estas. Ni tampoco a la gran empresa.

Andrés Velázquez

andres@hispanidad.com